Page 595 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
                    Por lo que para llenar mi cargo en formar cuenta y responsabilidad,
            se ha de dignar Usted providenciar se proceda en el día, sin retardo alguno,
            al reconocimiento de esas cargas y frutos mencionados, nombrando para ello
            persona de aptitud e inteligencia, quien aceptando y jurando el cargo proce-
            dan, y con lo que resulte de esa diIigencia se determine lo que se ha de hacer
            de esas especies e inservibles.
                    Nuestro Señor guarde a Usted muchos años. Cerro de Yauricocha y
            Septiembre 24 de 1812.
                    Andrés Beistegui (Rubricado).


                    Señor Subdelegado Ynterino de este Partido.
                    (Al margen)
                    Cerro y Septiembre 24 de 1812.
                    Por recivido este Oficio con los que se acompañan y Superiores De-
            cretos: El Ministro nombrará Peritos para el reconocimiento de las cargas y
            especies que se expresan, quienes aceptando y jurando en la forma ordina-
            ria procederá a poner en seguida la diligencia que conceptúen debida. Así lo
            mandó y firmó el Señor Subdelegado Interino de que doy fe.
                    Palencia (Rubricado). Francisco Castano (Rubricado).


                    Para proceder a lo que se previene se nombran de Peritos por este Mi-
            nisterio a Don José Rocha y a Don Francisco Barba, los que aceptando el cargo
            y jurando en forma, procederán.
                    Andrés Beistegui (Rubricado).


                    En el Cerro de Yauricocha a veinte y cinco de Septiembre de mil ocho-
            cientos doce, hice saber el nombramiento de Perito para el reconocimiento
            pedido y dispuesto a Don José Rocha en su persona, aceptó y juró con arreglo
            a derecho proceder fiel y legalmente y firmó.
                    José María Rocha (Rubricado). Beistegui (Rubricado).


                    Ynmediatamente hice igual intimación a Don Francisco Barba, quien
            aceptando el cargo juró con arreglo a derecho proceder según su leal saber y
            entender y lo firmó.
                    Francisco Barba (Rubricado). Beistegui (Rubricado).





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