Page 191 - La Rebelión de Huánuco. Vol 1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
                    (Al margen)
                    Por recivido el presente parte del Capitan de Fusileros de Banguardia:
            Agreguese a los autos sobre la Ynsubrreccion de los Partidos de Panataguas, y
            Huánuco, para los efectos que haya lugar.
                    Gonzales (Rubricado)
                    Juan de Dios Gallardo (Rubricado)
                    Secretario.

                    (Inserto): Al dador de este oficio Eulalio Paredes que há salido profugo
            de Huánuco, y es natural de ese de Tarma, le recivirá Vuestra Merced decla-
            rarlo judicial, sobre los hechos que ocurrieron en aquella ciudad, los dias 23,
            y 24 de Febrero ultimo en que fugó, con expresion de los antecedentes que
            hubiesen precedido: fines que se propusieron los alzados: estado en que dejó
            a Huánuco, con todo lo demas que puede combenir a ilustrar el conocimiento
            en este grave asunto; haciendo que los hechos los especifique y dé razon de
            ellos, los que le consta de vista en esta clase, y los que haya sabido por dichos,
            con esta distincion, para poder sentar el concepto sobre todo, remitiendome
            la declaracion a la mayor brevedad en toda diligencia.
                    Dios guarde a Vuestra Merced muchos años. Reyes 4 de marzo de 1812.
                    Josef Gonzales de Prada (Rubricado)


                    (Al margen inferior)
                    Señor Asesor Letrado Don Ygnacio Baldivieso.
                    Tarma, Marzo 5 de 1812. Por recivido...
            como á la una, y media de la tarde: Hagase como previene el Señor Governador
            Yntendente y al efecto comparesca en este govierno el contenido Eulalio Paredes.
                    Baldivieso (Rubricado)
                    Ante mí Nicolas de Berroa (Rubricado)
                             Escribano Publico.


                    En la Villa de Tarma a los cinco dias del mes de marzo de mil ocho-
            cientos dose años. En virtud del Decreto que antecede compareció Eulalio
            Paredes de quien el Señor Teniente Asesor y Governador Yntendente Ynterino
            de este Departamento recivió juramento que hiso por Dios Nuestro Señor
            según derecho vajo del que ofreció decir verdad en quanto supiese y fuese
            preguntado y siendole conforme al contenido del oficio que está por principio



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