Page 66 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-3
P. 66

Volumen 3
                                                                        Documentos de 1822
                    En conformidad de lo prevenido por el Supremo Decreto inserto, tengo la
            honra de acompañar á Vuestra Señoría Ilustrísima el adjunto expediente á fin de que
            se libren sin perdida de tiempo las providencias que fueren de justicia sobre el re-
            clamo hecho por el Cura de Yauli y vecinos que suscriben, para que el Capitan Don
            Joaquin Dabauza ú otra persona de providad, juzgue á los Oficiales de guerrillas de
            demas comicionados sobre los atentados que han cometido en la referida Doctrina.
                    Dios guarde a Vuestra Señoría Ilustrísima muchos años. Lima Octubre 31
            de 1822 – 3°.
                    Ilustrísimo y Honorable Señor
                                                Francisco Valdivieso (Rubricado)
                    (Al márgen)
                    Contestado en 6 de Noviembre
                    Ilustrisimo Honorable Señor Secretario de Guerra y Marina.
                    Secretaria del Congreso del Perú.
                    Leida la representacion del Parroco de Yauli; y vecinos que suscriben,
            el Soberano Congreso ha dispuesto se pase a la Suprema Junta Gubernativa,
            para que fijando su consideracion sobre las importantisimas ocurrencias que
            contiene expida sin demora las providencias oportunas, y con tanta mayor ra-
            zon quanto que por decreto de 26 del corriente ya se ha mandado lo necesario
            por punto general en este respecto.
                    De orden del mismo lo comunicamos á Vuestra Señoría para el objeto
            indicado.
                    Dios guarde á Vuestra Señoría muchos años. Lima Octubre 29 de 1822 – 3°.
            Jose Sanchez Carrion (Rubricado)            Pedro Pedemonte (Rubricado)
            Diputado Secretario                         Diputado Secretario
                    Señor Secretario del Despacho en el Departamento de Gobierno.
                    Lima y Octubre 31 de 1822.
                    Guardese y cumplase lo resuelto por el Soberano Congreso en la orden
            que antecede: y al efecto pase este recurso al Ilustre Secretario de Guerra para
            que se expidan sin perdida de tiempo las providencias que fueren de justicia.
                    [Tres rúbricas]
                                                Valdivieso (Rubricado)

             A. CEHMP. Mss. Comunicación del Ministro de Estado y Relaciones Exteriores. Carp. 3, Leg. 37,
                                            Let. V, Doc. 67.





                                                65
   61   62   63   64   65   66   67   68   69   70   71