Page 424 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-3
P. 424

Volumen 3
                                                                        Documentos de 1823
            ó acostumbradas al testimonio, si son Vuestra Señoría asi no ay otro recurso,
            que nos careemos asta el ultimo aliento nuestros menores pasos y discubrirlo
            con vuestro castigo, a la deformidad y bageza, pidiendo el digno castigo del
            crimen ademas de la excenada publica que meresca yo ó el presentante, repito
            a Vuestra Señoría que mi silencio en el particular seria mui delinquente, que
            meresia ser castigado: Si Señor Vuestra Señoría salga pues á luz este crimen:
            comparescamos a juicio: examinese, como, ó de que manera, y devanemos
            este obillo hasta su conclucion, y saquese en claro, ó la calumnia ó mi delito; y
            el que resultase criminal sufra la pena de talion: por que de otro modo, Señor
            Vuestra Señoría estan vendidos los hombres de bienes, y expuestos, por tanto.
                    A Vuestra Señoría pido y suplico se sirva ordenar que se nos haga jus-
            ticia, que juremos, y declaremos quienes somos mas causados para que Vues-
            tra Señoría determine de la que protesto no salir, sino al suplisio pido justicia.
                                                José Eugenio Mesia (Rubricado)


                    (Al margen)
                    Chacapalpa Enero 29 de 1823.
                    Pase al Capitan del Detal para que lo agregue a los autos.
                                                        Otero (Rubricado)
                    (Al margen)
                    Diligencia de haberse entregado esta Sumaria a la Comandancia General.
                    En el mismo dia mes y año en vista de haver llegado el Señor Coman-
            dante General de las Montañas de Comas el espresado Señor paso con asisten-
            cia de mi el Secretario a la casa de alojamiento de su Señoría á entregarle esta
            Sumaria en virtud de estar concluida: la qual se compone de cinco fogas utiles
            de a medio pliego, y una en blanco con su caratula. Y para que coste lo firmó
            de que doy fee.
            Dabouza (Rubricado)                         Aurelio Soto (Rubricado)
                    (Al margen)
                    Decreto para evacuar la confecion.
                    Chacapalpa Enero 29 de 1823.
                    Devuelva el sumario al Fiscal de la causa para que ebaque la confesion
            del acusado y fecho debuelba el expediente.
                                                Otero (Rubricado)







                                               423
   419   420   421   422   423   424   425   426   427   428   429