Page 387 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-3
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
Guerrillas y montoneras durante la Independencia
010 pesos 3 rea-
Alcanso dies pesos tres reales................................................
les.
Yauli 9 de Enero de 1823.
Santiago Valdeon (Rubricado)
Joaquin Dabousa Capitan de Infanteria y encargado del Detall de las
fuerzas de operacion de la Sierra, Jues fiscal de esta causa dice:
(Al margen)
Dictamen Fiscal.
Vistas las informaciones cargos y comfrontaciones de esta sumaria re-
sulta: Que el Capitan Don Santiago Valdeon acusado en ella, ha malversado
los intereses que aparecen recividos segun consta de las declaraciones, havien-
do solo gastado cuarenta, y ocho pesos un real, en la bayeta, cordellate, papel,
saca del metal, lacre y obIeas, y un peso un real dado a los soldados segun lo
han afirmado todos a presencia de sus oficiales, añadiendo estos que los doce
reales datados para refresco, no fueron de las cantidades recividas a pretesto
de veneficio para la Partida, sino del producto de mas de cuatro pesos que
deja la coima del juego de bolillos los dias de fiesta en que corre este juego
el que ha persivido largo tiempo Valdeon. Ademas de esto resulta tener el
abominable vicio de embriagues, que ademas de ser tan asqueroso es dema-
siado reparable en un oficial, y de consiguiente lo hace indigno de alternar en
la Sociedad. Resulta tambien que no ha savido conservar el orden que deve
guardar todo oficial que se le deposita el mando y quietud de un pueblo; Y
que lejos de contraerse a la disciplina, y buen orden de la tropa, la ha tenido
en el peor estado, y la mas rebajada insubordinacion, siendo publicamente el
desprecio, y escollo de las demas Partidas de la Sierra, y por ultimo aparece
que ha cometido el feo delito de vender la libertad ó exclusion del servicio
de los soldados por dinero, como lo comprueva la Licencia estendida a Don
Fermin Amaro, y las demas partidas de dinero recividas, y confesadas por el
Capitan Valdeon quebrantando en este mero hecho el artículo tratado titulo
de las Ordenanzas del Ejercito, y aunque no estan alistados y reconosidos los
soldados son siempre ya soldados con solo gozar del fuero militar, y prestando
sus servicios de soldados al Estado para la defensa común. La malicia que se
advierte en Valdeon, en confesar solo las parti que cree suficientes á alcanzar,
comprueva bien claro la intencion depravada, con que ha contestado despues
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