Page 308 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-3
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Volumen 3
Documentos de 1822
y Cachicachi no dudo que esto lo habran dicho porque lo comuniquen a las
partidas para que se retiren y algo han conseguido porque la de Yauli se retiro
á La Hacienda de Pomacocha [Testado: y la que] dista dos leguas y la [Testado:
otra] de Chacapalpa á Huaiguai que dista 3 ya les tengo prevenido que buel-
ban a ocupar sus puestos o al menos que tengan partidas lijeras en todos los
bados del Rio.
Mañana paso á Canta y a mi regreso que será pronto marcharé ásta
serca de [Testado: Yau] Jauja á obserbarlos y poder introdusir espias continuos
no ostante que ya les he prevenido a los Comadantes de partidas lo hagan.
Aseguro etcetera.
(Al margen)
Ministro. 18.
Los peruanos Geronimo Nabarrete y Fermin Carlos condusen á dis-
posicion de Vuestra Señoría tres pricioneros llamados Rafael Huamaní Ma-
nuel Espinoza y Narsiso Soto siendo el ultimo de las montoneras de [Testado:
que] Tarma al que remiti [Testado: con otros tres] con otros tres á disposicion
del Señor General Albarado con oficio de 22 del pasado y los mando agregar al
Batallon 11 segun acredita el documento de bajas dado por el Mayor Estomba
y fue agarrado al pasarse otra ves a Tarma.
No me parese oportuno que los prisioneros Montoneros se agreguen
al Exercito porque teniendo practica de los caminos les es facil desertar y bol-
ver á sus pueblos.
Aseguro.
(Al margen)
Secretaria de Guerra. Octubre 23.
Tengo el honor de pasar a Vuestra Señoría las propuestas que el Capi-
tan Don José Maria Guzman hace de los oficiales de las Partida de Guerrillas
que está a sus ordenes; los propuestos desde que se estableció ésta, han des-
empeñado con honor, actividad, y honrradez, bajo los titulos provisionales,
en la clase de Oficiales, todas las funciones propias de su clases, como lo acre-
ditan los documentos con que me las han dirijido, constandome el desidido
Patriotismo, y grandes servicios que han echo a la Causa desde que bieron en
el Departamento de mi mando, las Tropas Libertadoras todo lo que les hace
acreedores a la consideracion de la Suprema Junta, para que se digne conce-
derlas la gracia á que son propuestos.
Aseguro etcetera.
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