Page 193 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-2
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Guerrillas y montoneras durante la Independencia


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                    Ilustrisimo Señor
                    Inmediatamente que recivi la nota de V.S.I. de fecha 11 del corriente, y
            enterado de su contenido, ordené a los capitanes Plaza, y Cienfuegos, pasasen
            inmediatamente a ponerse a disposición de S.E. el Protector de Lima, lo que
            han efectuado; excepto el capitan Sanches a quien lo habia separado de la Di-
            vición; y lo tengo empleado en una comisión, algunas leguas distante, pues he
            librado la orden ya para que se regrese, y obedesca la orden que se ha serbido
            V.S.I. comunicarme.
                    Este exemplar espero que a los subalternos que entraron en sus ideas
            lo contenga en lo sucesivo, y tomaran la paga que segun las necesidades de
            la Divición se les pueda proporcionar, pues me acompaña la idea de que mis
            afanes, en proporcionar recursos, para pagas y sosten de la división son ince-
            santes, y mi inmaginación embebida en el modo de proporcionar la felicidad
            de los que estan bajo mis ordenes, me han hecho olvidar la mia particular, este
            deber me seria muy satisfactorio si todos los que me obedecen conocieran esta
            verdad.
                    Dios guarde a V.S.I. muchos años. Ica y Diciembre 15 de 1821.
                                                Juan Pardo de Zela (Rubricado)
                    Ilustrisimo Señor Don Bernardo Monteagudo
                    Ministro de Guerra y Marina.

                                        L.L. Mss. Fot. B.N.P., s.c.




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                    Ilustrisimo Señor
                    Está encargado el Gobernador del Partido de Lucanas de recibir infor-
            mación sobre tropelias que dicen hechas en el, por Don Juan Pablo Santa Cruz
            para continuar su causa cometida al Señor Presidente de este Departamento
            pendiente en estado de haberse tomado en confesión el acusado; por cuya
            circunstancia exijo la brevedad de la diligencia a dicho Governador, y quedo
            al cuidado de remitirla en el momento que la reciba.



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