Page 155 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-1
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             Guerrillas y montoneras durante la Independencia
                    Excelentisimo Señor
                    Fol. bl.
                    Don Benito Ambrosio Canicova del Comercio de esta ciudad parese
            ante Vuestra Excelencia con el devido respeto y dise: que presenta la adjunta
            cuenta de los gastos que tiene echos el Espia que Vuestra Excelencia tiene des-
            tinado; y por dicha cuenta se impondrá Vuestra Excelencia que se me deven la
            cantidad de nuebecientos diez y siete pesos quatro reales y por tanto: A Vues-
            tra Excelencia pido y suplico se digne mandar se me entreguen los citados 917
            pesos 4 reales fabor que espero alcanzar de la bondad de Vuestra Excelencia.
                                         Benito Ambrosio Canicova (Rubricado)


                    Lima 27 de Julio de 1820
                    Siendo constante que esta Superioridad en fuerza de las actuales cir-
            cunstancias, y por los motivos que en ellos dicta la política, ha encargado al
            Suplicante la mantención de un Espia, y que le proporcione todo lo necesa-
            rio para el desempeño de su delicada é importante comisión, cuyos gastos
            debe reintegrarle el Erario pues se hacen en obsequio del Real Servicio: Los
            Señores Ministros de estas Caxas Matrices la satisfarán los novecientos diez
            y siete pesos cuatro reales que reclamó é igualmente cuidarán de abonarle
            mensualmente los cien pesos, que segun manifiesta la cuenta que acompaña,
            he asignado al referido Espia cada mes para su subsistencia: Todo en Virtud
            del presente Decreto.
                    Pezuela (Rubricado)                 Toribio de Acebal (Rubricado)

                    Gastos de un Espia — Julio 29 de 1820.
                    N° 996        pesos 917.4
                    Gastos Extraordinarios de Guerra.




                                           A.N.P. Mss., s.c.














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