Page 108 - Guerrillas y montoneras durante la Independencia - Vol-1
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Volumen 1
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                    4° Será responsable por la menor falta que se advierta en el cum-
            plimiento de lo que se le prescribe y por la de los individuos de su mando
            a quienes mantendra en rigurosa disciplina, y como deben ser relebados
            cada ocho dias por igual numero, de hombres de los acuartelados en esta
            Capital entregara esta instrucción al Cabo que vaya con ellos para que le
            sirva de Gobierno a todos los que se destinen a dicho punto.
                                                Lima y Junio 23 de 1818.



                                       A. E.D.T., Mss. Fot. L. 10.




















































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