Page 36 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes


                    Respecto a ser necesario adelantar la prueba, don Manuel Somarriba,
            don Nicolás Peñalba y don Vicente José de la Llosa, capitanes en esta columna,
            comparezcan para tomarles declaración sobre el asunto de que se trata, res-
            pecto a constarme que se hallaron en la quinta función, donde fueron presos
            los rebeldes Francisco Tupa Amaro y Marcos Torres. Campo de Tinta, 28 de
            1781.
                                                                             Capetillo
                                                               (media firma y rúbrica)


                    (Al margen: Declaración de don Vicente José de la Llosa).


                    Incontinenti, para la expresada diligencia, hice comparecer ante mi al
            capitán don Vicente José de la Llosa, a quien le recibí juramento que lo hizo
            por Dios Nuestro Señor y a una señal de cruz, so cargo del cual prometió
            decir verdad en lo que fuere preguntado, y siéndolo sobre los puntos a que se
            contrae la orden del señor doctor don Benito de la Mata Linares, del consejo
            de Su Majestad, oidor de la real audiencia de Lima y juez de las consabidas
            causas, dijo que es contante que Francisco Tupa Amaro, tío del rebelde José
            Gabriel, estuvo en la otra banda del río de Pilpinto, en un cerro inmediato al
            pueblo de Acos con su tropa y un cañón de artillería queriendo impedir el
            paso, pero habiéndole hecho fuego los fusileros que pasaron dicho río, y entre
            ellos el declarante, se logró vencerle y derrotarle habiéndole tomado dicho
            cañón y aprehendido la persona del dicho rebelde, que con tenacidad sostuvo
            el puesto, aunque en realidad estaba bien descompuesto de la cabeza, bien que
            con este hecho positivo de estar con el comando en dicho cerro, se califica que
            era íntimo parcial y auxiliante de su deudo, no constándole otra cosa al decla-
            rante, como también en orden al cacique Torre, sino que se aprehendió por ser
            exceptuado en el bando de perdón que ha oído publicar, mas que es notorio,
            pública voz y fama, que éste como el dicho Francisco, han estado atentos a
            las órdenes del dicho traidor José Gabriel, y que ésta es la verdad so cargo del
            juramento que hecho tiene, y siéndole leída su declaración, se afirmó y ratificó
            en ella. Dijo no tener motivo para que le toquen las generales de la ley, y que es
            de treinta y seis años, y lo firmó conmigo y testigos con quienes actúo a falta
            de escribano, y en este papel por no haber sellado.





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