Page 326 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen  7
                                                              Causas criminales contra los rebeldes
            [Se ordena la prisión de la mujer de Inquiltupa. Marzo 24, 1781].


                    Por lo que resulta de la nota antecedente, se pondrá en prisión a la
            mujer del cacique Inquiltupa, y verificada que sea, se procederá a los demás
            que haya lugar en derecho, y para que se verifique lo mandado en este auto se
            pasará oficio al comandante de las armas.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)

            [Se dispone la confesión de la mujer de Inquiltupa. Marzo 24, 1781].


                    Cuzco y Marzo 24 de 1781.


                    Respecto de habérseme dado parte estar presa la mujer del cacique
            Inquiltupa, se le pasará a tomar su confesión.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)


                                                Manuel Espinavete López
                                                        (firmado)

            [José de Brito es nombrado intérprete y defensor. Marzo 24, 1781].


                    Cuzco y Marzo 24 de 1781.


                    No sabiendo lengua castellana esta india que ha venido a mi presencia,
            se nombra por intérprete y defensor a José Brito, quien bajo de las solemnida-
            des del auto de fojas procederá a ejercer su cargo.

            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)
                                                        Manuel Espinavete López
                                                               (firmado)






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