Page 326 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 7
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Volumen 7
Causas criminales contra los rebeldes
[Se ordena la prisión de la mujer de Inquiltupa. Marzo 24, 1781].
Por lo que resulta de la nota antecedente, se pondrá en prisión a la
mujer del cacique Inquiltupa, y verificada que sea, se procederá a los demás
que haya lugar en derecho, y para que se verifique lo mandado en este auto se
pasará oficio al comandante de las armas.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
[Se dispone la confesión de la mujer de Inquiltupa. Marzo 24, 1781].
Cuzco y Marzo 24 de 1781.
Respecto de habérseme dado parte estar presa la mujer del cacique
Inquiltupa, se le pasará a tomar su confesión.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
[José de Brito es nombrado intérprete y defensor. Marzo 24, 1781].
Cuzco y Marzo 24 de 1781.
No sabiendo lengua castellana esta india que ha venido a mi presencia,
se nombra por intérprete y defensor a José Brito, quien bajo de las solemnida-
des del auto de fojas procederá a ejercer su cargo.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
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