Page 461 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II


            Manuel Espinavete López
            (firmado)

                    [Declaración de Diego Ortigoza].


                    En la ciudad del Cuzco, en veinte y cinco días del mes de Abril de
            mil setecientos ochenta y un años, el señor don Benito to de la Mata Linares,
            del consejo de Su Majestad, oidor de la real audiencia de Lima, compareció
            ante su señoría Diego Ortigoza, de quien recibió juramento que hizo por Dios
            Nuestro Señor y a una señal de cruz, so cargo de lo cual prometió decir verdad
            en lo que supiere y le fue preguntado, y siéndolo al tenor del cabeza de proce-
            so, dijo que conoce a Ramón Ponce, y que sabe fue comandante en las tropas
            del rebelde hasta Velille y Santo Tomás, y que allí se juntó con bastante gente,
            y que ha oído quejarse al cura de Velille de dicho Ponce por muchos agravios y
            daños que de él había recibido; que el declarante le oyó a un seglar que le decía
            a dicho Ponce que era un pícaro y cómo le había robado once mil y más pesos.
            Que sabe corría con las tropas del rebelde, y que en una ocasión le dió cuentas
            a la mujer del rebelde de lo que había gastado en la expedición de Velille, de
            donde le trajo a la mujer del rebelde cuarenta pesos de sobrante que le había
            quedado después de pagada la gente, y que también le trajo de regalo unos
            polisones de oro. Que esto es lo que sabe y puede decir bajo del juramento que
            tiene hecho, en que se afirmó y ratificó siéndole leída ésta su declaración, y lo
            firmó con su señoría, de que doy fé.
            (rúbrica de Benito de la Mata Linares)

            Diego Ortigoza
            (firmado)
            Manuel Espinavete López
            (firmado)


                    (Al margen: Testimonio de lo que resulta contra Ponce en la causa de
            José Gabriel Tupa Amaro).


                    Y luego, incontinenti, en dicho día, mes y año, certifico cómo en los
            autos que se siguen de José Gabriel Tupa Amaro por la rebelión suscitada, se



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