Page 447 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
P. 447
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Cuzco, 7 de Mayo de 1781.
Traslado a Antonio Oblitas, quien en el acto de la notificación nom-
brará letrado que le defienda en esta causa.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
[Oblitas nombra Defensor a Miguel de Iturrizarra].
Incontinenti, yo el escribano hice saber el anterior auto a Antonio
Oblitas, quien dijo nombraba por su defensor al doctor don Miguel Iturriza-
rra. No lo firmó por no saber, de que certifico.
Doctor Miguel de Iturrizarra
(firmado)
Espinavete
(media firma y rúbrica)
[Defensa del encausado Oblitas asume Miguel de Iturrizarra. Mayo 9,
1781].
El doctor don Miguel de Iturrizarra, abogado de las reales audiencias
de Lima y Charcas, defensor nombrado de Antonio Oblitas en los autos cri-
minales que de oficio de justicia se siguen contra el referido sobre la muerte de
don Antonio de Arriaga, corregidor de la provincia de Tinta, complicidad en
la sedición del rebelde José Tupa Amaro y otros delitos, respondiendo al tras-
lado que se le dió de la acusación del abogado solicitador fiscal en que pide se
le condene en las penas dispuestas por las leyes, digo que justicia mediante se
ha de servir vuestra señoría cuando no haya lugar a su absolución moderarle
a lo menos el castigo en cuanto a sus circunstancias, por ser así conforme a
derecho, y siguiente:
No hay duda que el reo de esta causa, aunque no está confeso sino sólo
de haber ahorcado al corregidor, está convicto de éste y de los otros delitos de
que le acusa el abogado fiscal. Pero hace a su favor para que se le disminuyan
las penas la coacción y fuerza que le hizo José Tupa Amaro para que cometiera
446