Page 294 - La Rebelión de Túpac Amaru II - Vol-6
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Volumen 6
Causas criminales seguidas contra los rebeldes
[Diego Ortigoza declara lo mismo que los anteriores. Mayo 14, 1781].
Sin dilación compareció ante su señoría Diego Ortigoza, de quien re-
cibió juramento por Dios Nuestro Señor y una señal de cruz según derecho,
y habiéndole hecho como se requiere y prometido decir verdad, siendo pre-
guntado al tenor del anterior auto, dijo ha oído a varios indios que se hallan
presos, cuyos nombres y apellidos ignora, pero que los conocerá si los ve; que
José Gabriel Tupa Amaro les decía que entrasen sin miedo a pelear con los
españoles, que si morían, a los tres días los había de resucitar; que es lo que
puede decir bajo del juramento hecho, en que se afirmó y ratificó. Dijo ser de
edad de cincuenta y dos años. Firmólo con·su señoría, de que certifico.
(rúbrica de Benito de la Mata Linares)
Diego Ortigoza
(firmado)
Manuel Espinavete López
(firmalo)
[Disposición para que declaren varios indios y sus declaraciones.
Mayo 11, 1781].
Cuzco, 11 de Mayo de 1781.
Póngarse presentes a Diego Ortigoza los indios presos en este cuartel
para que señale los a quienes oyó lo que consta de su declaración, y para re-
cibir a éstos la que corresponde, se nombra por intérprete a Domingo León
Pérez, quien acepte y jure.
(rúbrica de Benito de la Mata ·Linares)
Manuel Espinavete López
(firmado)
Inmediatamente se hizo saber el anterior auto a Domingo León Pérez,
quien aceptó el [tarjado: cargo] nombramiento en el contenido y juró usar
bien de el y lo firmó, de que certifico. Testado: cargo, no valga.
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