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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
difunto vil, y Principal Rebelde José Gabriel, por combenir su destierro de
estos Dominios.
En conformidad de esta resolución pidió la Real Sala se aprovechase la
oportunidad de los Navios de Guerra que regresan a España, y efectivamente
quedan embarcados en ellos. La estrechez del tiempo no permite remitir a V.
E. los testimonios de las causas con que debía acompañarlos, y en estos térmi-
nos va unicamente la Copia del testimonio de la Sentencia que comprehende
el mencionado No. l.
El mismo Tribunal, con pleno conocimiento del daño que pueden cau-
sar estos Reos a la quietud de los dominios de S. M. halló por importante al
Estado, no fixarles Presidio en Africa, ni otro que este expuesto a fugas, según
comprueba la Copia No. 2, atendiendo a que si por algún inesperado acci-
dente la consiguiesen y se apoderase de esta iniqua familia alguna Potencia
enemiga de S. M., podría perturbar la tranquilidad de su soberano ánimo y
la de estos Dominios; con este respecto espero se sirva V. E. proponer a S
.M. el que tubiere por combeniente, comprendiendo también, en él a Juan
Condorcanqui (Túpac-Amaro) Hermano del difunto Diego Cristóval que por
reincidente en el delito de sublevación, e inmediato a la fingida, é ilusa familia
de los Túpa-Amaros merece la misma consideración que la de los tres reos ya
referidos. Todo pues espero se sirva V. E. elevar a la Real noticia de S. M. para
que en inteligencia de lo obrado, se digne su soberano ánimo providenciar lo
que fuere más de su Real agrado.
Nuestro Señor guarde a V. S. muchos años como deseo.— Lima 1° de
Abril de 1784.— Excmo. señor.— Besa las manos de V. E. su atento y devoto
servidor.— Agustín de Jáuregui.— Excmo. Señor Don José Gálvez.
Excmo. Señor.— Los autos que en esta ocasión dirijo a V. E. son los
mismos con que el Comisionado, para sus actuaciones, Don Benito de la Mata
Linares Oidor de la Real Audiencia de esta Ciudad me ha dado cuenta para el
debido efecto de las sentencias, que con el parecer del Real Acuerdo se hallan
en ellas.
Por lo que respecta a los reos que padecieron el suplicio en la Ciudad
del Cuzco, según estará V. E. entendido, he procurado recoger las acusaciones
de sus respectivas causas, para remitirlos igualmente a V. E.; pero no se ha
verificado a causa de que lo laborioso de las investigaciones (según infiere) no
han dado lugar para que dicho Comisionado las haya puesto expeditas y en
términos de que a la presente se remitiesen.
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