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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            a los dichos menores sobrinos de la parte del Suplicante en ausencia de esta,
            el Señor Comandante de Armas de la ciudad del Cuzco, y el Corregidor de
            Quispicanchi les hicieron saber que havía una Real Orden del Soverano re-
            comendándoles para que en atención a la lealtad, y buenos servicios de su
            padre, se les diese premio, y que sobre el asunto se havian pedido Informes,
            ocurriesen a la Superioridad a haser sus representaciones y solicitar la gracia
            a que aspirasen. Como estos huérfanos se hallan en tierna edad, y la parte del
            Suplicante su tutor estuviera ausente no han interpuesto solicitud alguna y
            solo por el dicho tutor se remitió un memorial impetrando de la superioridad
            de Vuestra Excelencia se suspendiese expedir cualesquiera Providencia en el
            Particular hasta tanto con instrucción del Real Orden y con justificación de
            los documentos correspondientes expusiesen los méritos y servicios que tiene
            que alegar, y pidiesen lo correspondiente a la liberalidad que les proporciona
            el Soverano.
                    Con este recurso comensó la parte del Suplicante a proporcionar di-
            chos justificativos, y sirviéndolos en el día prontos para alegar los méritos que
            de ellos resultan, y con vista del Real Orden y lo que el Soverano les franquea
            pedir lo conveniente conforme al Estado y sustanciar que se les huviese dado
            al expediente necesita de este para su instrucción, y cerciorado de la gracia a
            que el Monarcha se halla inclinado haser arregladamente su pedimento, y es-
            tablecer sus solicitudes para que la benignidad de Vuestra Excelencia, propen-
            diendo el alivio de estos menores acceda en conformidad de lo ordenado por
            el Soverano a las pretensiones que por la parte del suplicante se interpongan.
            Y a este propósito:
                    A Vuestra Excelencia pide y suplica que haviendo por presentado el
            poder se sirva en atención a lo expuesto mandar se le entrege al Suplicante el
            expediente formado sobre el cumplimiento del Real Orden que va referido
            vajo de conocimiento por el término ordinario por ser de Justicia con bien y
            merced expresa de la poderosa mano de Vuestra Excelencia.


                                                               Alberto Chosop.

                    Al margen:


                    Lima, 7 de Noviembre de 1785:





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