Page 440 - La Rebelión de Túpac Amaru II - 4
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Volumen  4
                                                                      Conclusión de la rebelión
                    En el pueblo de Sicuani, provincia de Tinta, del obispado del Cuzco, en
            27 de Enero de 1782, Yo D. José del Valle, pensionado de la real y distinguida
            órden española de Carlos III, Mariscal de Campo de los reales ejércitos de S.
            M., Gobernador político y militar del puerto y presidio del Callao, Inspector
            General de las tropas veteranas y milicias del reino, Cabo principal de las ar-
            mas, Comandante General de ellas en la actual rebelión de los indios, y Lugar
            Teniente General del Exmo. Señor D. Agustin de Jauregui, Caballero del Orden
            de Santiago, del Consejo de S. M., Teniente General de sus reales ejércitos, Virey,
            Gobernador y Capitan General de estos reinos del Perú. Hallándose en la iglesia
            de dicho pueblo, en concurso de toda la oficialidad de mi comando, y de crecido
            número de españoles é indios de esta dicha provincia, y estando en compañia
            del Ilmo. Señor Dr. D. Juan Manuel Moscoso y Peralta, del Consejo de S. M. y
            Obispo del Cuzco, autorizado igualmente que yo para impartir el indulto con-
            cedido por el Exmo. Señor Virey, á los que verdaderamente arrepentidos se nos
            presentasen; hicimos comparecer á Diego Cristoval Tupac-Amaru, por haberle
            ya conferido la absolucion con la solemnidad que prescribe el ritual romano, de
            la censura en que se hallaba declarado incurso, segun aparece de las diligencias
            que anteceden: y despues que el Coronel de milicias, D. Gaspar Ugarte, Auditor
            de Guerra, y Alferez real del Cuzco, leyó en voz alta y perceptible á todo el con-
            curso el auto del indulto concedido por dicho Exmo. Señor Virey, juntamente
            con el sumiso escrito préviamente presentado por el citado Diego, y demas ac-
            tuaciones posteriormente practicadas, le hicimos la amonestacion correspon-
            diente en órden á la firmeza de la fidelidad que protesta. Y sin embargo de haber
            entregado con antelación las armas que traia consigo, le mandamos practicase
            la propia diligencia con las que tiene en lugares distantes de este: como son,
            cañones de artilleria, fusiles, escopetas, pistolas, lanzas, rejones, espadas, sables,
            puñales, pólvora, salitre, banderas y tambores, juntamente con los acopios de
            plomo, fierro y bronce para fabricar aquellas, y todo cuanto sea respectivo á
            ofender las armas del Rey, Nuestro Señor: como asimismo los vestuarios, gorras
            de granederos y demas insignias militares; para lo cual se le asigna el perentorio
            término de doce dias, como tambien para que en este mismo comparezcan los
            sobrinos de dicho D. Diego, que son, Andres y Mariano Tupac-Amaru, y el resto
            de su familia, á fin de que personalmente ratifiquen el juramento de fidelidad,
            que despues del suyo ha de hacer el referido Diego á nombre de aquellos: no
            obstante de que sabemos haberse ya rendido dicho Mariano á las banderas del Rey,
            ante D. Sebastian de Segurola, Comandante de las tropas de la ciudad de la Paz.



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