Page 943 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
entregando lo producido a la Administración General de Rentas Unidas de
esta ciudad, según se acredita de foja 1 a 2, del Expediente N° 10. 2,742 pesos 4
reales 8 maravedíes del líquido de la venta del ganado maior y menor que hizo
don Miguel Collado, del que igualmente se secuestró a los reveldes en que
se incluien 198 cavezas de ganado mayor que dieron de donativo el prefecto
de religiosos Belermitas de esta ciudad y cien de los caziques de Vilcabamba,
Provincia de Lares.
Y es advertencia que los 2,742 pesos 4 reales 4 maravedíes que impor-
taron los ganados vendidos por el referido Collado, los entregó al tesorero
pagador de expediciones, Don Juan de Palacios según consta del libro de car-
gos contra dicho Palacios, cuya cantidad fue aplicada a gastos de guerra en los
términos que se dirá en la quenta general.
Tamvién lo es, que aunque don Miguel Collado entregó al referido
Palacio 4,619 pesos 5 reales por venta de ganados, los 1,614 pesos 4 reales 25
maravedíes, como pertenecientes al gasto que impendió la Real Hazienda en
compra que se hizo de ganados para la subsistencia de las tropas de las prime-
ras expediciones, no se incluye al procedente de las ventas de depósitos apli-
cando como se deve al reembolzo del erario los citados 1,614 pesos 4 reales 25
maravedíes.
Así mismo se deben rebajar 262 pesos que entregó de más Don Miguel
Collado del cargo que le resultaba de los ganados que vendió, según consta de
expediente de devoluciones N° 10 por lo que de los expresados 4,619 pesos 5
reales que entregó Collado a Palacio sólo se han aplicado al ramo de depósitos
los 2,742 pesos 4, reales 8 maravedíes.
Quatrocientos quinse pesos seis reales diez y siete maravedíes, valor
de los ganados mayor y menor del secuestrado a los reveldes que consumió la
tropa de Lima y de que se ha hecho descuento de su haver según consta de ex-
pediente N° 50 a foja 4 que se incluirá en la quenta general de gastos de tropa y
no se comprende dicho expediente en los de devoluciones, cuia advertencia se
hace para que no se entienda que esta razón se haia de hallar en el expediente
del mismo N° 50 en los de devoluciones por ser su contenido el de el ajusta-
miento de dicha tropa de Lima.
Tamvien es advertencia que de la entrada y salida general de ganados
lanar y bacuno, se dará razón individual en expediente N° 119 que se acompa-
ñará a la cuenta general de Comisaría en lo perteneciente a víres.
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