Page 857 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
            calidad de tal exerzo las funciones de Comisario de Guerra de las Tropas que
            se hallan en esta jurisdicción.




            Revista de 11 de Abril de 1782.

                    Certifico que oy dia de la fecha se presentaron ante mí en este Pueblo,
            y pasaron revista, los provincianos que constan de la lista de arriba que vienen
            incorporados con la columna de Arequipa, debiendo tenerse presente para su
            descuento los cinco que van numerados en las vajas, y para que se les abone su
            prest asta este día que se retiran con atenzión, a la quietud que se nota en esta
            Provincia y ovediencia que van demostrando los Indios, doy esta que firmo en
            este Pueblo de Cepita y Abril once de mil setecientos ochenta y dos.




                                                          Ramón de Moya y Villarreal.




                    Para la subsistencia de los Provincianos de Chucuito que van a salir
            de esta ciudad incorporados con la columna destinada a la Sierra contra los
            Reveldes se han entregado a los Señores Ofiziales Reales de estas Cajas, en
            orden de mi libramiento, tres mil pesos a Don Celestino Bermejo.

                    Vuestras  Mercedes  recogerán  de  poder  de  este  interesado  los  tres
            mil pesos y con ellos empezaran a pagar a los Provincianos que acaban de
            pasar revista por los Ofiziales Reales y constan de la Lista que acompaño a
            Vuestras Mercedes, a razón de dos reales, diariamente, desde el diez y seis
            del que corre (que deberán aquartelarse en la Chacarilla de Miraflores para
            estar prontos a la salida), y a razón de quatro reales diarios desde el en que
            se verifique su salida desde esta ciudad en adelante, hasta su ingreso en
            Chucuito, teniendo Vuestras Mercedes presente, que a los Provincianos que
            están en el sitio de Cangallo prontos a incorporarse con nosotros, y son los
            que constan con esta especificación de la misma Lista de Revista, deberán
            Vuestras Mercedes abonarles los mismos quatro reales diarios desde el en que
            se verificare su incorporación con nuestro cuerpo: Esperando Yo, del zelo de
            Vuestras Mercedes, y su buena conducta manejaran este asunto con la mayor
            proligidad, y amor a estos buenos Basallos, llevando entre los dos una exacta


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