Page 856 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Volumen 2
Asuntos económicos
corresponde. Y para que conste y se abonen sus Pretts a los revistados doy esta
que firmo en la ciudad de Chucuito y Enero ocho de mil setecientos ochenta
y dos.— Ramón de Moya y Villarreal.
Don Ramón de Moya y Villarreal, Governador y Justicia Maior por Su
Magestad de esta Provincia de Chucuito, Tesorero, Oficial Real de sus Reales
Cajas, y que en calidad de tal ago las funciones de Comisario de Guerra de las
Tropas de la columna de Arequipa.
Revista de 18 de Febrero de 1782.
Certifico que oy dia de la fecha se presentaron y pasaron revista por
ante mi en este pueblo de Cepita los Provincianos que vienen incorporados en
esta columna y son los que constan en la antecedente Lista, revajados los cinco
individuos que se hallan con sus respectibas notas marginales. Y para que se
les abone su prest doy esta que firmo en este Pueblo de Cepita y Febrero dies
y ocho de mil Setecientos ochenta y Dos.
Revista de 20 de Marzo de 1782.
En el Pueblo de Cepita, en veinte días del mes de Marzo de setecientos
ochenta y dos, Yo, don Ramón de Moya y Villarreal, Governador Político y
Militar de esta Provincia de Chucuito que como Oficial Real de sus Cajas hago
funciones de Comisario de Guerra, de las tropas que se hallan en su distrito;
Certifico que hoy dia de esta fecha se presentaron y pasaron revista ante mi
en este pueblo, los provincianos que constan de la lista de Arriba y vienen
incorporados a la columna de Arequipa teniendo presentes para su descuento
las treinta y un plazas que abrazan las vajas del margen. Y para que se abone el
prest a los que existen doy esta que firmo dicho día mes y año.
Ramón de Moya y Villarreal.
Don Ramón Moya y Villarreal, Governador Político y Militar de esta
Provincia de Chucuito, Tesorero Oficial Real de sus Reales Caxas, y que en
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