Page 849 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
Guancavelica para que no se detenga su lavor, y reparos como a la recaudación
de Tributos, en que acreditó su zelo haciéndola no solo del importe de un
semestre que se hallaba resagado de muchos años a esta parte sino también
con aumento al documento que regia en su cobranza; y posteriormente con
el bien considerable que se reconoció en la nueba matrícula executada en la
expresada Provincia por el mismo Justicia en consorcio del Comicionado
que nombre, dado las Listas, o padrones parciales a las Repúblicas para que
practicaran la Cobranza como en efecto se verificó desde el inmediato primero
semestre sin exemplar en ninguna de las otras revistadas, haviéndose despues
de esta diligencia dedicado también el referido Justicia a formar en virtud de
la orden que le comuniqué el Caveson de las Haziendas de su territorio para
que satisfaciesen sus dueños o administradores lo correspondiente al Real
Derecho de Alcavala de que hasta aquí se ha defraudado Su Magestad sin que
en nada de esto se notase la mas leve alteración de dicha Provincia mediante
la sagasidad, y prudencia de su Corregidor. Con reflexión pues a estos
extraordinarios encargos se ha desempeñado, ya que el sueldo que ha gozado
en calidad de interino que asciende a la suma de un mil quinientos setenta
y dos pesos, quatro reales, no puede sufragar lo preciso para una cómoda
sustentación y desencia como requiere el empleo, y lo que es mas que los
gastos que le habra ocasionado a dicho Justicia el continuo giro de los Pueblos
de su Provincia, y viaje a la ciudad del Cuzco le tendrán en la extenuación y
atrazo que representa por estar sugeto a solo su sueldo vengo desde luego en
declarar que desde el día primero de Enero del Próximo pasado de setecientos
ochenta y uno en adelante debe percibir, y abonársele el de tres mil pesos, que
es el que se ha propuesto deven gozar los Corregidores propietarios; en cuia
virtud, y para que esta cantidad se le contribuya por los Oficiales Reales de
Guancavelica de la Masa de Tributos de la mencionada Provincia se les pasará
la correspondiente orden con copia de este decreto tomada la razón en el Real
Tribunal de Cuentas, y Contaduría del Real Derecho de Media Annata, para
que se haga el señalamiento de lo que haya de satisfacer por razón solo del
aumento de sueldo que se hace a dicho corregidor debolviéndosele las cartas
de pago que ha presentado por la Contaduría General del enunciado Ramo
de Tributos como documentos que le han de servir para quando rinda en
ellas sus cuentas finales; y los respectibos a Cavezon de Haziendas se dirigirán
con el oficio de Estilo al Administrador de Alcavalas de esta Capital para
que cuide que se recauden las Cantidades correspondientes de los Dueños o
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