Page 845 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II
                    En la ciudad de los Reyes del Perú en nuebe de Nobiembre de mil
            setecientos ochenta y un años ante mi el escribano y testigos pareció don Carlos
            Aguirre Cano de una de las compañías de la Provincia de Tarma a quien doy fee
            conozco y confesó haver recivido de los Señores Ofiziales Reales de estas Caxas
            la cantidad de siette pesos, quatro reales por el flete de una y media carga que
            conduse a la Provincia de Tarma, a enttregar al Governador de dicha Provincia
            Don Francisco Cuellas, y la carga lleva tres mil cartuchos de fusil de a dies y siete
            en libra y media carga mil y quinienttas piedras de chispa todo con destino al
            fuerte de Chanchamayo. Cuya remesa hazen estos Señores Ofisiales reales en
            virtud de orden del Señor Visitador Superintendente General de Real Hazienda
            de treinta y uno de Octubre de este presente año, de los que se dió por entregado
            a su satisfacción por haverlos resivido realmente y con efecto de que otorgo
            recivo y carta de pago en forma y lo firmo siendo testigos Don Francisco Vidal
            Domingo Chene y Don Pedro Molina.— Enmendado: mil.— vale.


                    Carlos Aguirre.
                                                                 Ante mí
                                                               Juan  Martinez
                                                        Escribano de Real Hacienda


                    Al margen:
            Son 7 pesos, 4 reales.

                    El Governalor provisto por Su Magestad de la Provincia de Tarma Don
            Francisco Cuellar deve conducir a ella con destino al fuerte de Chanchamaio
            y demás puestos de aquellas fronteras, tres mil cartuchos de fusil, de a dies y
            siete en libra, y un mil quinientas piedras de chispa; y deviéndose hacer esta
            remisión de cuenta de la Real Hazienda prevengo a Vuestras Mercedes que
            poniéndose de acuerdo con el referido Governador, ajusten y satisfagan los
            fletes de ella, asentando la partida de su importe en los Libros Reales donde
            toca, y cuidando de que se tome la razón correspondiente en el Real Tribunal
            de Cuentas.
                    Dios guarde a Vuestras Mercedes muchos años. Lima y Octubre 31 de
            1781.


                                            Joseph Antonio de Areche.



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