Page 663 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Túpac Amaru II

             Dos mil ciento veinte y un pesos que, asímismo, se pagaron al refe-
             rido Don Juan Silvestre Delgado, en esta forma: mil ciento setenta
             y seis pesos, en veinte y dos de Marzo de 1781, por consulta del
             Sargento Mayor del Regimiento de Caballería, y de la Plaza de Are-
             quipa, en virtud del orden del citado Corregidor, de la misma fecha,
             por ciento sesenta y ocho mulas de silla que aprontó, para las tres
             Compañías que salieron de la referida ciudad, comisionadas para la
             exploración y reconocimiento de los caminos de Lampa, regulado
             su flete o arrendamiento, a razón de siete pesos, por cada una de
             dichas mulas, en el término de un més, el mismo que emplearon en
             dicha comisión. Y los novecientos cuarenta y cinco pesos restantes
             que, igualmente, se le entregaron en veinte y tres de Marzo citado,
             en virtud de orden del mencionado Corregidor de dicha fecha, por
             ciento treinta y cinco mulas de carga que aprontó para las dos expe-
             diciones que salieran de dicha ciudad, la una citada de exploración
             de los caminos de la Provincia de Lampa, y la otra a la Collaguas y
             asiento de Caylloma, cuya distribución se explica en el citado orden
             del Corregidor, para las cuales se reguló el ya referido arrendamien-
             to de siete pesos mensuales por cada caballería, conforme a contra-
             ta de que ya se ha dado noticia en otro lugar, y la cantidad citada de
             novecientos cuarenta y cinco pesos, corresponde a solo el gasto de
             un més, que fué el único empleo en su comisión, la división dirigida
             a Lampa, y que la de Collaguas y Caylloma empleó mas tiempo en
             su diligencia se pagó, separadamente al mismo respecto las mulas,
             que ocupó hasta restituirse a Arequipa, concluída la Comisión a
             que salió, como se verá en la siguiente partida, constando la legiti-
             midad de la presente, de todos los documentos que se han citado
             ella, y que se acompañan al número sesenta y trés, por sus compro-
             bantes.........................................................................  2,121.
















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