Page 597 - La Revelión de Tupac Amaru II - Vol. II
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
lloma, en donde se mandó acuartelar por el Corregidor de dicha ciudad de
Arequipa, para que vinieran de auxilio a ella, y sirvieran en la expedición a
Collagua y Caylloma, hasta que con dicho fín, llegaron a dicha ciudad, y pasa-
ron revista de comisario en ella, por el comisario de Guerra Don Joaquín Na-
varro, en cuyo tiempo devengaron doscientos cuatro pesos y dos reales, según,
los haberes que se puntualizan, respectivamente, en dichos documentos y se
demuestra a saber:
Por el Prest del enunciado Capitán, en el referido tiempo al respecto de
cuarenta pesos mensuales…………………………………………… 00.9
Por Idm. de el Teniente de dicha compañía Don Juan José de Aguerra-
veres, en dicho tiempo, al respecto de veinte y cinco pesos mensua-
les…………………………………………………………………… 002.4
NOTA
Por el equívoco se ha dicho que en el tiempo que comprende dicha
lista se le abonan los veinte reales del margen, pues solo por tres días se le han
abonado los dos pesos, cuatro reales demostrados.
Por Idm. del Alferez en tres días que se le abonan, y que, unicamen- 002.
te, sirvió de dichos siete, al respecto de veinte pesos mensuales.......
Por Idm. de dos Sargentos, en dicho tiempo, que comprende la re- 012.2
ferida lista, a razón de siete reales diarios cada uno............................
Por Idm. de cuatro cabos, en el mismo tiempo, a razón de seis reales 021.
diarios cada uno.......................................................................................
Por Idm. de treinta y seis soldados, en igual tiempo, a cinco reales 157.4
diarios cada uno.......................................................................................
Suman los.................................................................................................. 204.2
mismos doscientos cuatro pesos y dos reales, ya relacionados............. 204.2
Segunda Lista que comprende nueve días contados desde dies y nue-
ve de Febrero de 1781, hasta veinte y ocho del mismo, ambos inclusive, y en
que devengaron doscientos setenta y dos pesos, tres y medio reales, según
el expresado documento, cuyos haberes en el puntualizados, difusamente se
puntualizan, digo se demuestran, a saber:
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