Page 286 - José de la Riva Aguero - Vol-1
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Volumen 1
                                                                          Documentos varios


                    La adjunta razón que pasa á Ustedes esta Contaduria Mayor, contiene
            las Cantidades que cada uno de sus individuos há ofrecido de donatibo vo-
            luntario en cada uno de los seis Meses, contados desde el presente en Cumpli-
            miento del Supremo Decreto de 30 del pasado, y Oficio particular de 6 del co-
            rriente del Ministro de Hacienda; en cuya inteligencia deberán Ustedes hacer
            el descuento respectivo á cada uno, en el pago de sus haveres, para Cargarlo al
            Ramo Respectivo, y que solo precivan el Resto.
                    Dios guarde á Ustedes muchos años. Lima Mayo 10 de 1822.
                    Leon de Altoaguírre.                              Joaquín Bonet.
                    Señores Administradores Generales del Tesoro publico.


                    Presidencia del Departamento.
                    Ilustrisimo y Honorable Señor.
                    Se enteraron en la Tesorería dela Cámara de Comercio los 27 pesos
            que remitió don Pedro Tomas Ximenes, como donativo de la provincia de
            Huarochiri para la construcción del Navio San Martin : los mismos que se in-
            sertaran como corresponde en la lista de oblaciones patrióticas de esta especie
            que se ha de publicar.
                    Dios guarde á Vuestra Señoría Ilustrisima Honorable muchos años.
            Lima y Mayo 13 de 1822
                                                        Ilustrisimo y Honorable Señor
                                                        Joseph dela Riva Agüero
                    Ilustrisimo y Honorable Señor Ministro
                    de Hacienda.


                    Presidencia del Departamento.
                    Ilustrisimo y Honorable Señor.
                    Hé dado las órdenes correspondientes para que en la semana inmedia-
            ta, se proceda al remate de todos los efectos que hubiese en almacenes de esta
            Aduana principal y Comandancia de Resguardos pertenecientes al Estado,
            para invertir sus valores en el grande objeto que Vuestra Señoria Ilustrisima
            Honorable el aviso oportuno, segun me lo previene.
                    Dios guarde á Vuestra Señoria Ilustrisima Honorable muchos años.
            Lima y Mayo 20 de 1822.





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