Page 25 - Debate Constitucional 1978 - Tomo V
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inmuidad pa.lamentari¿ son airopells
dos por ta dictadlm ailnr. Lova¡tan e*¡do de €n¿reenciá.
Por at¡o hdó, quisi¿Énos dr a cc (Esi?e.'1)_Er cc
¡de. quc ¡á¡a llcvr r cabó las asd Üiemo levmió hoy el t*ado de qe¡
de la Re!úbli
blcas en los si¡dicaios mi¡eros o d¿.am- s€ncia e' rodo el rúitorio 'condiciones
tcsinos, lÉy que tener ua áulor¿ación ca, a fin de c.ear las prc
ddl jete ¡oltticGniliiq cnto¡ces cono picias pam qrc las o¡cñizaciones pc
erán surpendids las eam¡tias -!or lnicás desa.tull¿n sus actividades y óF
que los sub p.efecios, los prd.dos, no t¡ibula¡ consu paficipación a,la if$s
ti¿n¿n ya ninguna mlo.idad , son los re.c¡cia del Cobiemo a la civilidad.
jeles polltico nilitaÉs los que asún¿¡ El Decr¡ro Su]]r€mo ¡¡ 00ó-?9-IN,
]a rcsForsabitid¡d de La tunció¡ de la que disponé cl tevanranienro del erado
!¡ovtncia o del deputamñto. Por €so ¿é ene¡sencia, ¡mr.osa lof 30 dras en
lrnos, por ejemtlo en L¿ orcya, que !n Lodo el ter.norio de Ia ReliLblica la sus
naro. de h ci.cursc.ilción Tcrritonal pmsión de la garantia declarada en el
planier l¡ suspensión de u¡a ásanblm ,flculo 560 de I¿ Cofttitución del Erá-
{ plno debaré de úa comüidad cu- do i¡dica¡.to quo se Essua.da co¡ ello
pesina, e inclusiÉ liene lá pEpoiencir ''los .eqúeribientos que a*gu.e¡ la ?u
de qüe.er invalidd ]e asamblé de
cdF.sinos y bajo ancrú. Para hace. El loxio del diculo só! de ia Cosli-
ua ásamblea de obM, o de minerm
o de ünpest¡os, los diriecn!.s si¡dica "Nadie
Ies ri¿¡en .Lnc suscribjr u docümento luede se. det¿nido si¡o por
compftmeriéndose a asüni. la respofta- mañdamtc¡to escnlo y molivado dE tuq
bilidad por desó.denes que ¡ued3n o no .ompetenle o da ls au¡o¡idades cnca!
naber; y eslo ,o lo podenos p€niti.. sádas de cons¡v$ el orden pllbli@, d-
dello, debie o €r
cetio en flasrale
Por eso es q¡e da¡tcmo6 qüc sta iodo caso ser pGto el det€nido¡ denlro
Asam¡lc¡ co¡srituyerte, basada e¡ su de *inticuairo l¡oEs, o en el témino de
Rcglanenro Inlemo, d l. par¡c úlrina ta disrancú, á disposi.iór del Juzgado
del .rtlolo 3c, debe !rcnunciarse y re que corespo¡da, el que o.de¡arÁ la Ii
solw¡ los próblenas dc in&rés .acic benad o lib.árá Eand@ierro dé p.jstón
¡al; y qusemos qüe efectivme.t€ efa en el téminó que señála la lcJ .
Asmblea se pronuncie y que plarre d Tias declaF¡ que e1 orden pú¡lico y
cobi¿mo lá inñ¿diata salidr de los me la lFnquitidad social lie¡d
s¡a.lüaLDeF
¿ios de dilusió¡ independiol€s. Quizás el lc nornalizándose e¡ el ter.itorio ¡a
,APRA ha dislmzado y ticne otrcs voce cional, el Decrero SulJ¡eño Nr 00ó-
ros: por cjenplo iiE¡e 'Frené Unico y
"Correo Ap¡ista , que en ¿ñncia sor un 79-lN derósa €l Decreto sup.emo Nc
misno mccro ¿el APRA; .la¡o qle a ellos 001-79 IN del pasadó 5 dd en€rc, que
declaró €l efado d¿ dersencia en todo
do les peocu!á, ¡o¡que rien¿n €sa taci ol teÚi¡orjo dc lá Repúblic..
Itdad y el Cóbido les da todas las e¿- El decÉio expresa qlc en !¡ta d¿ la
¡omdizació¡ del or¿e¡ púhlico y l¿
tanqnnidad seid, "es convenie¡te crea.
El Éñor ¡RESIDENTE (irrerl]'n- las co iciones lmpicias para qle ,las
¡i¿ndo). ?erdón, señor Épñseniantc: orga¡izaciorcs póliiicas desar¡oll€n sús
Ha ltegrdo a lá Mcsa ün docnnüio im- acdvidades y co.secDentenente coadr¡-
po¡ta¡te y que considero de inte.és !a-
!e¡ con su pafricipación a la rrúsfdn-
cia dcl sóbier¡o a la civilidad'.
Ei Relator ú a dar lectua a c* .roctr Aercca que m cónshdcia dcbe de-
ja.se sin cfecto d decdo srpreno que
disllso cl ¿s!!do de em¿rgcn.ir, letu
deja¡do subsisténlc los requdinie.tos