Page 146 - Debate Constitucional 1993 - Tomo II
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scciores que  báganos  un  gmn  estufto    .l  acü.rdo  trl  y  cono  *rá  plarredo,
              pan  senir  ¡  los  @bajadores,  qúe  nos  hanrie¡e  la  capacidad  ¿é la  didadur
              dej¿nos  de  exquisiiec6  jurrdicas,  ¡c   pan  dar  los nuvos  .lisposilivo3,   !orqü:
             co¡v¡nj€¡cias de  pafidó. Busquuos  ú¡a     si se  ¡la¡tea   que se deroguc un  detemi
              sola int.mrctacitu   ?ara   defe  er  ¡a  er  nado disposirivo,  alc. rie¡e qü:  su$itúi.
              hbilida¿  laboral (a!lansos),  derdder la  cse dhposiiivo, y  lo  que e$á planteado
              Éposjción ¿n €l  trabrjo. El  dispositivó rrl  cono  erá  Fdactado Ia Moción, €s
              so.ial  modificado  yo  lo voy  a volar  e fa  qn¿ sc dercsüen delemi¡ados  dispositi.
              voi  roi¡ré  otBs  mociones que caüt¿hn vos, p:rc  ¡.  se prcisa  oáles  son  y  sc
              x I.s  ¡Fbljado$   si *  quierc, pe.o es deja en el aift  y  en ¿l liúbo,  quión  ela-
              fun¿inenrrl  l¡  ünrinid¡d  en el art¡cu- bo.a  y  lucs¡  quié.  decr€ta esos nucvos
             lo rv  nodific¡do. además ¿s  to corÉcro dispósitiús  que un  ¡  surluir    esbs  nor-
             que  h:bié¡¿onos  comlmneiido       en  el  has arentató.ias .o¡rÉ  Iá esabil¡da¿  la
             cuúto  internsdio  a csá ap.obació¡, l¿ bo¡al.  Porque  dc  ota  manca  qüo.Lrrá-
             iae¡mos honor  aqui y, por otro lado, m-    'nó' en u¡á  si.uación nüy  conscta.  Gi
             ¿i¿ há dcnoshdo     que dicho  ariculo  Iv  ¡ne  Frmite   doclor cáceres nn minüro).
             no impá¡i  la caüsa del püeblo.  No bus- Ero  siEnifica en
             ¡tuenos  cl prestigio  dc ruéfrcs  partidos,  ros lo sisnihre: Qüe  .st¡  Asanbloa  pro
             cn {src  monerro,  si¡o cl  struicio de la  po¡c  en  u¡a  fórnula  cxrremadaDe.t€
             causa de los hbajadoEs  ?or cso, poF gencral  la cvisión,  modifi.ación  o  dcro
             que  es convdniente  para  ¿l,os  t   porque  saro.ia  dé det¿miu¿os  disposirilos,  pl
             adénás nay un  conproniso  r¿d  qüo 1o-     rc  no  !úpo¡c   ninelna altemaiiu  ni li
             so   que  rcspctar,  voy ,  vo1ár á frvor  del  jación  d.  qui'ln  deberá elabo¡ar csas  nue-
             a¡dculo  ¡v  ñodificdo   que es conve¡i¿¡   vas alr¿mativ*.  con  Ió cüal, si sc rpli
             !e para Ia cáüsa de los trabaj:doEs-  (4.   carn  esto dispositim,  qrc&n  dos posibi-
                                                         lidadcs:  U.a, Il  inéal  de  q!€  sear detu.
                                                         Eados  dctéminados dispositilos y  que
                El  scñor  DIEZ  CANSECO (conti¡üa¡      el coniÉto  d€  rn¡¿jo  y  la  *rabilidad
             do).    Bien,  señor  ?¡esidot  ,  si  püedo  labonl  qÉden  si¡  .ins!¡a   nóma  le8¿l
             conrirúr   después de  Ia  larya  i¡i.nu!.  qu¿  los  ampare; o  Ia oh   pósibilid.d,
             ción  qüe  sc ha  producido   lor   part€  ¿é  que esté nisño   sobieno   bi¡it.¡  cn  ejc¡
             divcEos  señoE3 Representantcs, qüisie      cicio  dc  au capacidad  ojccutiva  y  l.sis'
             rá  señála.  10 sisuienr¿:                  latiyá  asuñid¡  dc facto  por  la  rueÉ  de
             Pr¿sidcnlc¡ qle  los públ€nas  tien  n quc  los t¡¡qu¿s, sa  €l  qe  .udane.lc     se
             versc  dcsd€ un  püntó  de vista  pÉclico.  cncareuc de lesisla.,  €n  concrelo  y  ahc
             Roircro,  qu¿ cra  Asanblm  tierc  por  Re  ra, nás  allá  de  l¿ norma  co¡stitucionsl,
             glanenlo  lá crpacidad  de debaliiy  rp.G   lo  que  q  Ériere  al  con!É¡o  de tnlájo
             bar  pmposiciones  qú  se ha aclaBdo  que   !  .  Ia e*abili¿ad l.boFl  Por lo  ta.to,
             sig¡ifisn  p.oyecios  de ley. Y, por  lo  ia  ral  y  como  .fá  fómúhdo   er€  pla.tea-
             ro, era  Asanbl.a  desde su prcpio  Rcsl,   mimtó,  qu¿da ¡úevamcntc  del.as  de  l.
             m¿nto riere  €sá capacidaa mtificada  por
             el  propio  arlcú¡o  3,  dc  adopra¡  las  de.  Esto  por  lo  túto  con*ruy€   !r   Pro-
             cision€s d€  jñter&   na.ion.l  qu¿ cóftide  bleña  centrd,  y  €sre  públcna  c¿nlFl,
             rc  conve¡icnles.  Rali¡ico  que  cl   Droble  r.iErc  yo, riene en la  ba3e ún  acu¿rdo
             ma  central  ¿stá cn  la  reposició¡  de lo3  pol¡lico  enrre  dos o.s¡hizaciones   ?ollti
             d¿spedidos  y  está también eGctivamc¡-     cás aqül p¡esent.s, y yo sostengp que ese
             rc, l¡  de.qatoriá  .le dispositivos  que  .-  ácucrdó polltico  tienc én l.  basc hñbié¡
             tcnlan  con¡F  Iá estabilidad  laboráI,  peró  üna  r€lació.  co.  las  organiacionca  y  a
             que tál cono  es1á  planteádo esre  acue¡   €rup¡cio¡es   de  los   srúdes   oúpresarios
             do ¡'lnero  .uái.o,  no  p!*isa  cuÁtes son en el  lais   y ¿l Co¡icño,  Nosotros  no es
             esos  disposiiivos  centrales  y  ma.tierc  tamos dispuesros a  alalar un    ll¡nia-
             lna  afimació¡  de ca.ácrer   seneFl   y  vr  mimto  de cste cslilo.  Los seño.es Repre-
             l¿   respectó  a  efe  ptublua.   Más  ,ún,  scntantes  de  Iá  ba.cada  mayoribna   e
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