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El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— Se reanuda la sesión.
La Presidencia y la Mesa Directiva expresan su cordial saludo al presidente del consejo de
ministros, señor César Villanueva Arévalo; y al ministro de economía y finanzas, señor
Carlos Oliva Neyra.
Se va a dar lectura a la parte pertinente del artículo 78.° de la Constitución Política y al
inciso c) del artículo 81.° del Reglamento del Congreso de la República.
El RELATOR da lectura:
Constitución Política del Perú
Artículo 78.°.— El Presidente de la República envía al Congreso el proyecto de Ley de
Presupuesto dentro de un plazo que vence el 30 de agosto de cada año.
En la misma fecha, envía también los proyectos de ley de endeudamiento y de equilibrio
financiero.
El proyecto presupuestal debe estar efectivamente equilibrado. (…)
Reglamento del Congreso de la República
Reglas especiales para la aprobación de proposiciones de ley
Artículo 81.°.— Para el debate y aprobación de proposiciones de ley que no se refieran a
materia común, se observarán las siguientes reglas:
c) Ley de Presupuesto; dentro de las 48 horas de presentados al Congreso los proyectos
de Ley de Presupuesto, de Endeudamiento y Ley de Equilibrio Financiero, el Presidente del
Congreso convoca a una sesión extraordinaria destinada a la sustentación de las referidas
iniciativas por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y
Finanzas.
La exposición, que no excederá de 60 minutos debe referirse fundamentalmente a las
prioridades del gasto y las fuentes de financiamiento.
Dicha presentación es seguida de un debate, con intervención de los voceros de grupos
parlamentarios por un período no mayor de 20 minutos cada uno.
Concluido el debate a que se refiere el párrafo tercero precedente, los referidos proyectos
son publicados en el Diario Oficial El Peruano y derivados a la Comisión de Presupuesto,
la cual los analiza en sesiones públicas."
El señor PRESIDENTE (Daniel Salaverry Villa).— En aplicación de lo dispuesto en el inciso
c) del artículo 81.° del Reglamento del Congreso, al cual se ha dado lectura, luego de las
exposiciones del presidente del Consejo de ministros y del ministro de Economía y
Finanzas solo los voceros de cada grupo parlamentario podrán intervenir con un tiempo
máximo de 20 minutos en su intervención.
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