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1836   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii

                  Tenemos  algunas propuestas ligadas a ambos   El texto sería el siguiente:
                  temas. En cuanto al primero, me voy a referir a
                  los docentes universitarios.                “Autorízase al pliego Ministerio de Defensa, du­
                                                              rante el Año Fiscal 2017, a realizar las modifica­
                  La Ley Universitaria [Ley 30220] indica que los   ciones en el nivel funcional programático, a fin
                  docentes universitarios deben contar con grado   de atender el diferencial del pago de la bonifica­
                  de maestro; sin embargo, los docentes univer­  ción mensual ex combatientes de la denominada
                  sitarios  auxiliares  perciben  sueldos  menores  a   ‘Campaña Militar de 1941’, y la de 1933 y de los
                  los docentes de la primera escala magisterial de   años 1978, 1981 y 1995 establecida por la ley
                  la educación básica y a la que percibirán los do­  24053, modificada por la ley 30461.
                  centes de los institutos superiores pedagógicos
                  y tecnológicos.                             Para tal efecto, el Ministerio de Defensa queda
                                                              exceptuado de lo establecido en el artículo 80 de
                  Por ello, se incorporaría, según la propuesta   la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional
                  que  traemos,  un  incremento  de  novecientos   de Presupuesto.
                  soles mensuales a las dos categorías de docen­
                  tes de menores ingresos, auxiliares y asociados   Lo establecido en la presente disposición se fi­
                  para que alcancen una remuneración mensual   nancia  con cargo al  presupuesto  institucional
                  de S/. 2 908,00 y S/. 3 908,00, respectivamente,   del Ministerio de Defensa, sin demandar recur­
                  desde  marzo  del  2017.  Esta  medida  generaría   sos adicionales al Tesoro Público.”
                  un costo de continuidad de ciento dos millones
                  de soles y beneficiaría a diez mil cuatrocientos   Luego, siguiendo con los beneficios que podemos
                  docentes  universitarios.  Esto se  puede  cubrir   dar a los gobiernos regionales, es necesario es­
                  con recursos ya programados en el Minedu y no   tablecer un plazo adicional al previsto en el ar­
                  implicaría demandas adicionales al Tesoro Pú­  tículo 2 de la Ley 30513 para que las entidades
                  blico si se reprioriza de esa manera.       del gobierno nacional puedan continuar con las
                                                              transferencias de los recursos para el financia­
                  Por lo tanto, le pido, señora Presidenta, y a tra­  miento de los proyectos de inversión pública en
                  vés de usted a la presidenta de la Comisión de   gobiernos regionales y gobiernos locales.
                  Presupuesto,  que  incorpore  la  siguiente  modi­
                  ficación:                                   Entonces, tenemos que cambiar el plazo, y la
                                                              propuesta es la siguiente:
                  “Artículo  31.  Incremento  de  la  Remuneración
                  Íntegra Mensual (RIM) y de la Asignación Tem­  “Establézcase  que las transferencias  de recur­
                  poral por desempeño de cargo de Director y Sub­  sos del Gobierno Nacional a favor de Gobiernos
                  director de Institución Educativa Pública y de la   Regionales y Gobiernos Locales, a que se refiere
                  Remuneración de los Docentes Universitarios  el artículo 2 de la Ley 30513, podrán autorizar­
                                                              se hasta el 20 de diciembre de 2016, debiéndose
                  31.1 Exceptúase al Ministerio de Educación y a   emitir el decreto supremo correspondiente den­
                  los gobiernos regionales, y a las Universidades   tro del referido plazo. Las propuestas del decreto
                  Públicas durante el Año Fiscal 2017, de lo esta­  supremo correspondiente deben ser presentadas
                  blecido en el artículo 6 y en el numeral 9.1 del   al Ministerio de Economía y Finanzas hasta el
                  artículo 9 de la presente Ley, según corresponda   15 de diciembre del 2016, resultando aplicables
                  […]:                                        los requisitos, procedimientos y condiciones pre­
                                                              vistos en el artículo 2 de la Ley 30513.
                  […]
                                                              Asimismo, dispónese que los convenios que de­
                  c) La Remuneración de los Docentes Ordinarios   ben  suscribir  los  pliegos  en  el  marco de  lo es­
                  de la Universidad Pública en el marco de la Ley   tablecido en la presente disposición, podrán ser
                  30220, Ley Universitaria.”                  formalizados hasta el 20 de diciembre de 2016.”

                  Y en el inciso 31.2 se incluiría, después de “go­  De igual manera, de acuerdo con lo que se ha
                  biernos regionales”, “y universidades públicas,   logrado en el Segundo Gore­Ejecutivo [Segundo
                  según corresponda”.                         Encuentro entre Gobiernos Regionales y Ejecu­
                                                              tivo], realizado el lunes 7 y el martes 8 del pre­
                  En otro tema de carácter social, aunándome a lo   sente mes de noviembre, esta sería la propuesta:
                  que planteó el congresista Donayre, solicitamos
                  que el Ministerio de Defensa incorpore los bene­  “Autorízase, excepcionalmente, durante el Año
                  ficios a los excombatientes.                Fiscal 2017, a los organismos públicos descen­


                                     a
                   Diario de los Debates - 20  B sesión (matinaL) 28-11-2016
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