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1446 Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2016 - tOmO iii
4.3. Su inscripción en los Registros Públicos está c) Elegir mediante voto universal, secreto y
regulada en el Código Civil. obligatorio a los miembros del Consejo Directivo.
Artículo 5. Reconocimiento de las Comisiones y d) Remover a los miembros del Consejo Directivo.
Comités de Usuarios
e) Aprobar las operaciones de endeudamiento o
El reconocimiento para el funcionamiento de las de disposición del patrimonio de la organización.
Comisiones y Comités de Usuarios que a la fecha
de entrada en vigencia de la presente Ley no f) Otras que se establezcan en el estatuto y el
cuenten con reconocimiento, se realiza mediante reglamento de la presente Ley.
acto administrativo de la Autoridad Nacional
del Agua, con opinión de la Junta de Usuarios 7.2. Asamblea General de las Comisiones de
correspondiente. Usuarios
Artículo 6. Órganos de las organizaciones de La Asamblea General es el órgano máximo de las
usuarios de agua Comisiones de Usuarios y está constituida por los
usuarios de agua que integran la organización. El
La estructura básica de las organizaciones de reglamento define las atribuciones y funciones
usuarios de agua es la siguiente: Asamblea Ge- específicas.
neral y Consejo Directivo.
Artículo 8. Quórum
Artículo 7. Asamblea General de las Juntas de
Usuarios y Comisiones de Usuarios 8.1. Para la validez de las sesiones de la Asam-
blea General de las organizaciones de usuarios
7.1. Asamblea General de las Juntas de Usuarios de agua, será necesaria en primera convocatoria
de Agua la concurrencia de la mitad más uno del número
total de sus integrantes hábiles.
La Asamblea General es el órgano máximo de las
Juntas de Usuarios de Agua, y está conformada 8.2. En segunda convocatoria, basta la presencia
por: de cualquier número de usuarios hábiles. Los
acuerdos se adoptan con el voto de más de la
a) Los integrantes del Consejo Directivo de la Junta mitad de los concurrentes.
de Usuarios de Agua.
8.3. Para modificar el estatuto, de las organiza-
b) Las Comisiones de Usuarios de Agua represen- ciones de usuarios se requiere en primera convo-
tados por su presidente y tres miembros directivos catoria la concurrencia de la mitad más uno del
de cada Comisión de Usuarios, elegidos demo- número total de usuarios hábiles. En segunda
cráticamente mediante voto universal, secreto y convocatoria es necesaria la concurrencia de por
obligatorio de su respectivo subsector hidráulico. lo menos la décima parte de usuarios hábiles. Los
acuerdos se adoptan con el voto favorable de más
c) Dos representantes de los usuarios de cada de la mitad de los usuarios hábiles concurrentes.
tipo de uso de agua distinto al agrario, elegidos
entre los usuarios de agua de uso no agrario que Artículo 9. Votación
integran la respectiva comisión de usuarios.
Cada usuario o representante, tiene derecho a
El padrón de electores de la Comisión de Usuarios un voto, en concordancia con lo establecido en el
está conformado por los usuarios de agua hábiles artículo 7 de la presente Ley.
del respectivo subsector hidráulico.
Artículo 10. Consejo Directivo de las organizacio-
La Asamblea General tiene las siguientes atri- nes de usuarios de agua
buciones:
10.1. Consejo Directivo de las Juntas de Usuarios
a) Aprobar y modificar el estatuto de confor-
midad con lo establecido en el Código Civil y la El Consejo Directivo es el órgano de dirección
presente Ley. de las Juntas de Usuarios. Tiene las siguientes
atribuciones y obligaciones:
b) Aprobar la memoria anual y los estados fi-
nancieros. a) Representar a la organización.
Diario de los Debates - 20. sesión (matinaL) 24-11-2016
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