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La Comisión de Cultura y Patrimonio Cultural. Proyectos de Ley 4855, 4865, 4884, 4890
y 4897/2015-CR, autógrafa observada por el señor Presidente de la República. Se
propone derogar el Decreto Legislativo 1198, decreto legislativo que modifica el artículo
6° de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación.(*)
El señor PRESIDENTE (Luis Iberico Núñez).— Se va a iniciar el debate del dictamen en
mayoría de la Comisión de Cultura recaído de las observaciones realizadas por el señor
Presidente de la República a la autógrafa de la ley originada en los proyectos de ley
4855, 4865 y otros, que proponen la insistencia en el texto aprobado por el Pleno del
Congreso, por el cual se propone que se derogue el Decreto Legislativo 1198, que
modifica el artículo 6° de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la
Nación.
La Junta de Portavoces, con fecha 19 de noviembre de 2015, acordó la ampliación de
agenda.
Tiene la palabra el congresista Valencia Quiróz, vicepresidente de la Comisión de
Cultura, hasta por 10 minutos.
El señor VALENCIA QUIROZ (NGP).— Gracias, señor Presidente.
Saludar a los colegas congresistas presentes.
Señor Presidente, ha sido remitido para estudio y dictamen de la Comisión de Cultura y
Patrimonio Cultural, las observaciones formuladas
por el Presidente de la República, a la autógrafa de la Ley que
deroga el decreto Legislativo 1198, decreto legislativo que modifica el artículo 6° de la
Ley 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, originada en los proyectos
de ley 4855/2015-CR, 4865/2015-CR, 4884/2015-CR, 4890/2015-CR y 4897/2015-
CR.
Luego del análisis y debate correspondiente, la Comisión de Cultura y Patrimonio
Cultural, en su décima sesión ordinaria del 17 de noviembre de 2015, por mayoría de los
presentes, acordó proponer al Pleno del Congreso de la República, la aprobación de la
insistencia de la autógrafa de la ley en sus mismos términos; ley que deroga el Decreto
Legislativo 1198, decreto legislativo que modifica el artículo de la Ley 28296, Ley
General del Patrimonio Cultural de la Nación.
“Artículo único: Derogación del Decreto Legislativo 1198; deróguese el Decreto
Legislativo 1198, que modifica el numeral 6.1 del artículo 6° de la Ley 28296, Ley
General del Patrimonio Cultural de la Nación. En tal efecto, restitúyese la vigencia del
contenido inicial en mención”.
Es todo cuanto tengo que informar a usted, señor Presidente y al Pleno de la Congreso de
la República.
Muchas gracias, Presidente.
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