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1896   Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2010 - tOmO iii

                  transferirá el saldo faltante de la contrapartida   das en el marco del desarrollo de la gestión insti-
                  nacional para la culminación del proyecto indi-  tucional a favor de su personal sujeto al régimen
                  cado; para cuyo efecto el Gobierno Regional de   laboral de los Decretos Legislativos Núms. 276,
                  Loreto remitirá el informe técnico al Ministerio   728 y 1057, con excepción de los jueces y fiscales
                  de Economía y Finanzas, sustentando la suma   de todas las instancias.
                  que corresponda.
                                                              El costo que irrogue su bono de productividad, en
                  Disposición                                 el caso del Poder Judicial, será financiado ínte-
                                                              gramente con cargo a sus Recursos Directamen-
                  Autorízase a la SUNARP para efectuar la con-  te Recaudados; en el caso del Ministerio Público,
                  tratación de personal indispensable y modificar   será financiada con cargo a la fuente de financia-
                  sus documentos de gestión, en el proceso de for-  miento Recursos Ordinarios, autorizándose con
                  talecimiento institucional y modernización de di-  este fin al Poder Judicial para efectuar las trans-
                  cha entidad, así como a otorgar una asignación   ferencias de partidas hasta por un monto de 93
                  extraordinaria por desempeño, por única vez, la   millones de nuevos soles.
                  que para su otorgamiento se sujetará a los linea-
                  mientos, requisitos, criterios y normas reglamen-  Con tal fin, los pliegos Poder Judicial y Ministe-
                  tarias reguladas en los numerales 8.1, 8.2 y 8.5 de   rio Público quedan exceptuados del artículo 6.°,
                  la presente ley. Tales acciones serán financiadas   numeral 6.1, y del artículo 11.° de la presente
                  con cargo a su presupuesto institucional, sin de-  ley. En ningún caso se pueden autorizar habili-
                  mandar recursos adicionales al Tesoro Público,   taciones con cargo a anulaciones presupuesta-
                  quedando exceptuada para tal fin de lo dispues-  rias vinculadas al gasto de inversión ni dispo-
                  to en el numeral 6.1 del artículo 6.° y numeral   ner de ninguna fuente distinta a sus recursos
                  9.1 del artículo 9.° de la presente ley.    directamente recaudados bajo responsabilidad
                                                              del titular.
                  Para la aplicación de la presente disposición, la
                  SUNARP deberá presentar, dentro del primer tri-  Como consecuencia de la aplicación de la presen-
                  mestre del año 2011, el respectivo plan de forta-  te norma, el Poder Judicial y el Ministerio Públi-
                  lecimiento institucional y modernización, inclu-  co no demandarán mayores recursos para la par-
                  yendo una propuesta de indicadores de mejora   tida de Bienes y Servicios.
                  de desempeño, así como el respectivo cronogra-
                  ma de plazos para la ejecución del plan”.   Mediante la resolución de los titulares de los Plie-
                                                              gos Poder Judicial y Ministerio Público en coor-
                  La Disposición Vigésima Cuarta debe decir:  dinación con el ministerio de Economía y Finan-
                                                              zas, se reglamentará el otorgamiento del bono de
                  “Autorízase la contratación de personal asisten-  productividad señalado para el personal auxiliar
                  cial y administrativo para la implementación   jurisdiccional y administrativo del Poder Judi-
                  de nuevos establecimientos de salud, hospita-  cial. La asignación no constituye base de cálculo
                  les regionales y los que han sido recategorizados   para el reajuste de las bonificaciones que esta-
                  y redimensionados en los gobiernos regionales   blece el Decreto Supremo N.° 051-91PCM pa-
                  de los departamentos de Arequipa, Cajamarca,   ra la Compensación por Tiempo de Servicios o
                  de la Provincia Constitucional del Callao, Cus-  cualquier otro tipo de bonificaciones, asignacio-
                  co, Huancavelica, Ica, Lambayeque, Moquegua,   nes o entregas”.
                  Piura, San Martín, Tacna y Tumbes, a fin de ga-
                  rantizar la mejora de la oferta de salud en la po-  Disposición
                  blación de dichos departamentos. Tales contra-
                  taciones se efectúan conforme a la normatividad   “Autorízase al Ministerio de Economía y Finan-
                  vigente y con cargo al presupuesto institucional   zas a transferir al Ministerio de Relaciones Exte-
                  de los citados gobiernos regionales, sin deman-  riores la contrapartida necesaria para ejecutar las
                  dar recursos adicionales al Tesoro Público, no es-  actividades y proyecto relacionadas con la cons-
                  tando comprendidos en los alcances de las Leyes   trucción e implementación del Lugar de la Me-
                  Núms. 28498 y 28560”.                       moria, en el marco de lo dispuesto mediante De-
                                                              creto de Urgencia N.° 067-2010”.
                  Disposición Vigésima Octava
                                                              Disposición
                  “Autorízase al Poder Judicial y al Ministerio Pú-
                  blico, a partir de enero del año 2011, a otorgar un   “Dispóngase que el Ministerio de Economía y Fi-
                  Bono de Productividad por las acciones efectua-  nanzas transfiera durante el año fiscal 2011, y de


                   Diario de los Debates - 13.  C sesión (vesPertina) 25-11-2010
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