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PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2007 - TOMO III - Diario de los DebatesDiario de los Debates 1787
Las empresas a las cuales el Estado garantizó para Disposiciones Finales
que obtengan recursos del exterior que, por el
incumplimiento de dichas obligaciones, se han Primera.— Modifícanse el inciso a) del artículo
convertido en deuda pública, no podrán ser pos- 11.°, el párrafo 17.3 del artículo 17.° y el párrafo
tores, contratistas y/o participar en acciones de 46.1 del artículo 46.° de la Ley General, con los
promoción de la inversión que realiza el Estado, textos siguientes:
hasta que culminen de honrar su deuda con el
Estado. ‘Artículo 11.°.— [...]
Segunda.— Durante el Año Fiscal 2008 las en- a) El monto máximo de las operaciones de en-
tidades públicas, comprendidas en el artículo 2.° deudamiento a ser acordadas por el Gobierno
de la Ley General quedan prohibidas de concer- Nacional durante un (1) año fiscal, en función de
tar operaciones de endeudamiento para financiar las metas establecidas en el Marco Macroeco-
proyectos de inversión pública cuyo objetivo sea nómico Multianual aplicable.
el fortalecimiento institucional.
Artículo 17.°.— [...]
Tercera.— Las operaciones de endeudamiento
que, para cada año fiscal, celebre la Empresa 17.3 Para determinar el monto máximo de las ope-
Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A. sin la raciones de endeudamiento en cada año fiscal, se
garantía del Gobierno Nacional se sujetarán a lo tendrá en cuenta los objetivos y políticas del Pro-
dispuesto en el Título IV de la Ley General. grama Anual de Endeudamiento y Administra-
ción de Deuda vigente, así como las metas esta-
Cuarta.— Los préstamos de corto plazo celebra- blecidas en el Marco Macroeconómico Multianual
dos por las entidades públicas indicadas en el aplicable.
artículo 2.° de la Ley General cuyos términos de
repago hayan sido materia de renovaciones a pla- Artículo 46.°.— [...]
zos que, individual o acumuladamente, excedan
de un (1) año deben ser informados a la Direc- 46.1 La contratación de servicios de asesoría le-
ción Nacional del Endeudamiento Público, en las gal y financiera, y de otros servicios especializa-
fechas y condiciones que establezca dicha Depen- dos, vinculados directa o indirectamente al obje-
dencia. to de la presente Ley, será efectuada por el Mi-
nisterio de Economía y Finanzas de acuerdo con
Quinta.— El registro previo a que se refiere el los procedimientos que se establezcan mediante
artículo 5.° de la Ley N.° 28875, Ley que crea el decreto supremo, con el voto aprobatorio del Con-
Sistema Nacional Descentralizado de Coopera- sejo de Ministros. Sólo en caso de vacío o defi-
ción Internacional No Reembolsable, para el caso ciencia de los mencionados procedimientos, se
de los proyectos de inversión pública, cuyos es- aplicará, supletoriamente, lo establecido en las
tudios de preinversión son financiados con cargo normas sobre contrataciones y adquisiciones del
a una Cooperación Internacional No Reembol- Estado.’
sable, se efectuará cuando se concluyan los cita-
dos estudios. Segunda.— Adiciónase el párrafo 19.3 al artícu-
lo 19.° de la Ley General, con el texto siguiente:
Sexta.— El Gobierno Nacional podrá concertar
operaciones de endeudamiento público para las ‘19.3 La aprobación previa del Consejo de Mi-
universidades públicas con el objeto de financiar nistros, indicada en el párrafo 19.2, se acredita
la ejecución de proyectos de inversión y la adqui- mediante documento suscrito por el Secretario
sición de equipos de investigación y enseñanza, General del Consejo de Ministros, en donde cer-
siempre que el reembolso respectivo sea efectuado tifique que en sesión del Consejo de Ministros
con cargo a la Fuente de Financiamiento Recur- se otorgó la aprobación para el inicio de gestio-
sos Directamente Recaudados, Canon y Sobreca- nes de una operación de endeudamiento exter-
non. Las referidas operaciones de endeudamien- no.’
to deben sujetarse a los procedimientos y nor-
mas establecidas en la presente Ley y demás Tercera.— Adiciónase la Sétima Disposición
normatividad aplicable sobre la materia. El pla- Complementaria y Transitoria a la Ley General,
zo que se acuerde en las referidas operaciones de con el texto siguiente:
endeudamiento público no podrá ser mayor al pla-
zo de duración del período del Rector de la uni- ‘Sétima.— En las operaciones de endeudamien-
versidad pública contratante. to que acuerden las entidades y organismos pú-
9. V SESIÓN (MATINAL) 27-11-2007 - Diario de los DebatesDiario de los Debates
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