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a) Solicitud del Titular del Sector al que perte- Artículo 11º. Las entidades que obtengan
nece la entidad u órgano responsable de la eje- recursos por operaciones de Endeudamiento In-
cución del proyecto, acompañada del estudio de terno deben remitir a la Dirección General de
factibilidad del mismo y del informe técnico-eco- Crédito Público la información de los desembol-
nómico favorable sustentado en dicho estudio. sos respectivos, dentro de los 8 (ocho) días pos-
teriores al desembolso, bajo responsabilidad del
b) Opinión favorable del Ministro de Economía Titular de la entidad u órgano correspondiente.
y Finanzas.
Artículo 12º. Las entidades u órganos res-
c) Proyecto de Contrato de Préstamo respecti- ponsables de la ejecución de un proyecto que
vo. hagan uso de recursos provenientes de opera-
ciones de Endeudamiento Interno están obliga-
La entidad u órgano responsable de la ejecución das a conciliar con la Dirección General de Cré-
del proyecto se encarga de gestionar el cumpli- dito Público los desembolsos que reciban al 31
miento del requisito establecido en el inciso a) de diciembre de 1997, provenientes de tales ope-
del presente artículo. raciones.
Artículo 8º. Las operaciones de Endeuda- Dichas conciliaciones deben realizarse semestral-
miento Interno comprendidas en la presente Ley, mente, como plazo máximo hasta el 31 de julio
se aprueban mediante Decreto Supremo, con el de 1997 y el 31 de enero de 1998, respectiva-
voto aprobatorio del Consejo de Ministros, re- mente, bajo responsabilidad del Titular de la
frendado por el Ministro de Economía y Finan- entidad y/o Sector correspondiente.
zas y por el Ministro del Sector correspondien-
te. Disposición Complementaria
Las modificaciones de las operaciones de Endeu- Única. Precísase lo dispuesto por el Artículo
damiento Interno en las que haya intervenido 33º del Decreto Supremo Nº 070-92-PCM, en el
el Gobierno Central serán aprobadas por Decre- sentido de que los gastos imputables, directa o
to Supremo, con el voto aprobatorio del Consejo indirectamente, al proceso de promoción de la
de Ministros, refrendado por el Ministro de Eco- inversión privada, incluyen a las obligaciones
nomía y Finanzas y por el Ministro del Sector asumidas por el Estado para sanear las empre-
correspondiente. sas privatizadas.
Aquellas modificaciones referidas al plazo de Disposición Final
utilización, reasignación o recomposición inter-
na de gastos o cambio de la entidad u órgano Única. La presente Ley entrará en vigencia
responsable de la ejecución del proyecto, cuyos el 1 de enero de 1997.
procedimientos no estén contemplados en los
Contratos originales, serán aprobadas por De- Comuníquese, etc."
creto Supremo, refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas y por el Ministro del Sec- "El Congreso de la República;
tor correspondiente.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 9º. Las operaciones de Endeuda-
miento Interno autorizadas por la presente Ley Ley de Gestión Presupuestaria del Estado
se acuerdan en las condiciones financieras que Título Preliminar
determine el Ministerio de Economía y Finan-
zas. Norma I:
Artículo 10º. El pago del servicio de la Deu- El Presupuesto del Sector Público debe estar
da Interna del Gobierno Central lo realiza la equilibrado entre sus ingresos y egresos, estan-
Dirección General de Crédito Público del Minis- do prohibido incluir autorizaciones de gasto sin
terio de Economía y Finanzas, para cuyo efecto el financiamiento correspondiente.
los pliegos que cuenten con financiamiento dis-
tinto del Tesoro Público deben transferir al Mi- Norma II:
nisterio de Economía y Finanzas, los recursos
financieros para atender dicho servicio, de acuer- El Presupuesto del Sector Público debe conte-
do con los términos de los respectivos Contra- ner el total de los ingresos y gastos contempla-
tos. dos para el ejercicio presupuestal.
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