Page 15 - Rumbo al Bicentenario Nº2
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Funcionamiento del primer Congreso Constituyente del Perú

            La historia del primer Congreso Constituyente del Perú fue sumamente accidentada. El 19 de junio de
            1823, debido a la ocupación de Lima por el ejército realista, se trasladó al Callao. Una parte de sus
            miembros, en cumplimiento del acuerdo tomado en la fecha indicada, emigró a Trujillo el 26 del mismo
            mes. En esta ciudad, fue disuelto por el presidente José de la Riva Agüero, quien lo sustituyó por un
            Senado compuesto por diez exdiputados. Sin embargo, José Bernardo de Tagle, encargado del mando
            supremo, lo restableció en Lima, y reinició sus sesiones a partir del 6 de agosto de 1823.
            Posteriormente, se declaró en receso el 10 de febrero de 1824 –a raíz de la caída de los castillos del
            Callao en poder de los realistas y de la amenaza sobre Lima–, y se invistió al general Simón Bolívar con
            poderes dictatoriales. Concluida la guerra de Independencia, el Congreso, convocado por Bolívar, se
            reunió el 10 de febrero de 1825 y, luego de aprobar la prórroga de la dictadura de Bolívar, se disolvió el
            10 de marzo de 1825.

            Principales obras del primer Congreso Constituyente del Perú

            Desde los primeros días de existencia del Congreso sus labores fueron intensas. Entre las principales,
            podemos mencionar las siguientes: la creación del Estado peruano; proveer los medios necesarios
            para asegurar la independencia; el nombramiento de los miembros de la Junta Gubernativa y la
            elaboración de su Reglamento; el otorgamiento del título de generalísimo a don José de San Martín; la
            aprobación del Reglamento Interno del Congreso; la definición de las Bases de la Constitución Política
            del  Perú,  promulgadas  el  17  de  diciembre  de  1822;  y  la  primera  Constitución  Política  del  Perú,
            sancionada el 12 de noviembre de 1823; la invitación al general Simón Bolívar y el otorgamiento de
            poderes ilimitados el 10 de febrero de 1824.

            Nuestra primera carta magna decidió la adopción del sistema republicano, la división de los poderes
            del Estado, el principio de que nadie nacía esclavo en el Perú, la garantía de las libertades ciudadanas,
            la inviolabilidad de domicilio, la privacidad de la correspondencia, el derecho a la propiedad, el derecho
            a la educación, la elección de las autoridades locales, etc. Poco tiempo después de ser promulgada, se
            suspendió su vigencia, pero muchos de sus enunciados se mantendrían en los siguientes  textos
            constitucionales. En nuestra primera carta magna, los diputados señalaron a Dios como fuente de
            inspiración suprema y, como objetivo de su acción, la consolidación de las libertades y la felicidad de los
            pueblos:





                 EN  EL  NOMBRE  DE  DIOS,  POR  CUYO  PODER  SE  INSTITUYEN TODAS LAS
                 SOCIEDADES Y CUYA SABIDURÍA INSPIRA JUSTICIA A LOS LEGISLADORES.
                                                                                                                    C onstruyendo una nación: El C ongreso en la Independencia
                 NOS EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEL PERÚ, EN EJERCICIO DE LOS
                 PODERES QUE HAN CONFERIDO LOS PUEBLOS A TODOS Y CADA UNO DE SUS
                 REPRESENTANTES, PARA AFIANZAR SUS LIBERTADES, PROMOVER SU
                 FELICIDAD, Y DETERMINAR POR UNA LEY FUNDAMENTAL EL GOBIERNO DE LA
                 REPÚBLICA, ARREGLÁNDONOS A LAS BASES RECONOCIDAS Y JURADAS.

                 DECRETAMOS Y SANCIONAMOS LA SIGUIENTE CONSTITUCIÓN: […].







            Estas han sido y aún son las máximas que regulan el accionar parlamentario, y que alimentan el          14 |
            espíritu de la institución con una vocación permanente de servicio a la nación.
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