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Primera LegisLatura Ordinaria de 2017 - Diario de los Debates     11
                  el equivalente  a la suma de S/ 15 000 000,00   Internacional  de  Fomento  (AIF), entidad  del
                  (QUINCE MILLONES Y 00/100 SOLES).           Grupo del Banco Mundial, en los términos esta-
                                                              blecidos en la Resolución 239 aprobada el 31 de
                                 Capítulo V                   marzo de 2017 por la Junta de Gobernadores de
                                                              la mencionada Asociación.
                    Garantías del Gobierno Nacional en el
                  marco de los procesos de promoción de la    En el marco de dicha reposición de recursos, la
                       inversión privada y concesiones        República del Perú suscribe un monto de US$
                                                              41 775,00 (CUARENTA Y UN MIL SETECIEN-
                  Artículo 6. Monto máximo                    TOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 DOLARES
                                                              AMERICANOS), a ser cancelado en una (1) sola
                  Autorízase al Gobierno Nacional para otorgar o   cuota.
                  contratar garantías para respaldar las obligacio-
                  nes derivadas de los procesos de promoción de   Tercera.  Convenio Constitutivo y contri-
                  la inversión privada y de concesiones hasta por   bución al FOMIN III
                  un monto que no exceda de US$ 898 920 000,00
                  (OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLO-          Apruébase el Convenio Constitutivo del Fondo
                  NES NOVECIENTOS VEINTE MIL Y 00/100         Multilateral de Inversiones III – FOMIN III, así
                  DÓLARES  AMERICANOS)  más  el  Impuesto     como la contribución a dicho fondo a cargo de la
                  General a las Ventas (IGV), o su equivalente en   República del Perú, por la suma de US$ 10 000
                  moneda nacional, en concordancia con lo que es-  000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 DÓLARES
                  tablece el numeral 22.3 del artículo 22 y el nu-  AMERICANOS), a ser cancelada en tres (3) cuo-
                  meral 54.5 del artículo 54 de la Ley General.   tas anuales e iguales, a partir del año 2018.

                                 Capítulo VI                  Cuarta. Suscripción de acciones de AIIB
                    Emisión de Letras del Tesoro Público      Apruébase la suscripción de acciones del Banco

                  Artículo 7. Emisión de Letras del Tesoro    Asiático de Inversión en Infraestructura (AIIB),
                                                              ascendente  a  US$  154  600  000,00  (CIENTO
                  Público                                     CINCUENTA Y  CUATRO  MILLONES  SEIS-
                  Para el Año Fiscal 2018, el monto máximo de sal-  CIENTOS MIL Y 00/100  DÓLARES AMERI-
                                                              CANOS), dividido en 1 546 (un mil quinientos
                  do adeudado al 31 de diciembre de 2018, por la
                  emisión de las letras del tesoro público, no pue-  cuarenta y seis) acciones, con un valor nominal
                  de ser mayor a la suma de S/ 3 000 000 000,00   de US$ 100 000,00 (CIEN MIL Y 00/100 DÓLA-
                  (TRES MIL MILLONES Y 00/100 SOLES).         RES AMERICANOS) cada una, en los términos
                                                              indicativos establecidos en la Resolución N° 31,
                    Disposiciones complementarias finales     del 21 de marzo de 2017, por la Junta de Gober-
                                                              nadores del Banco.
                  Primera. Las personas que incumplen sus
                  obligaciones                                En el marco de dicha suscripción de acciones, la
                                                              República del Perú suscribirá y pagará 309 ac-
                  Las empresas y sus accionistas que fueron ga-  ciones del capital, por un valor de US$ 30 900
                  rantizadas por el Estado para obtener recursos   000,00  (TREINTA MILLONES NOVECIEN-
                  del exterior  e incumplieron  el pago de dichas   TOS MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS),
                  obligaciones, no pueden ser postores, contratis-  en cinco (5) cuotas anuales e iguales.
                  tas o participar en acciones de promoción de la
                  inversión que realiza el Estado hasta que culmi-  La citada suscripción de acciones y el pago co-
                  nen de honrar su deuda.                     rrespondiente, se efectúa una vez que se haya
                                                              aprobado la adhesión y aceptación de la Repúbli-
                  Se incluyen, en esta disposición, las empresas   ca del Perú a los Términos del Acuerdo del AIIB.
                  con nueva denominación o razón social y accio-
                  nistas que asumieron los activos de la empresa   Quinta. Capitalización de  saldos  adeuda-
                  deudora.                                    dos de COFIDE

                  Segunda. Reposición de recursos de la AIF   Autorízase la capitalización de los saldos adeu-
                                                              dados al 31.12.2017 por la Corporación Finan-
                  Apruébase  la  propuesta  para  la  Décimo  Octa-  ciera de Desarrollo S.A. - COFIDE al Ministerio
                  va Reposición de los Recursos de la Asociación   de Economía y Finanzas, correspondientes a los


                                                                20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017 - Diario de los Debates
                                                                   a
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