Page 8 - 2017\Debate-2017\Debate(4)
P. 8

10  Diario de los Debates - Primera LegisLatura Ordinaria de 2017

                  b)   El monto máximo de las garantías que el Go-  un monto que no exceda de S/ 13 755 178 165,00
                      bierno Nacional puede otorgar o contratar   (TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA
                      en el mismo período para atender requeri-  Y CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y
                      mientos derivados de los procesos de promo-  OCHO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO Y
                      ción de la inversión privada y concesiones.  00/100 SOLES), destinado a lo siguiente:

                  c)   El monto máximo del saldo adeudado al cie-  a)  Sectores económicos y sociales, hasta S/ 6 440
                      rre del Año Fiscal 2018 por la emisión de las   830 000,00 (SEIS MIL CUATROCIENTOS
                      letras del tesoro público.                 CUARENTA MILLONES OCHOCIENTOS
                                                                 TREINTA MIL Y 00/100 SOLES).
                  2.2. En adición, esta ley regula otros aspectos
                  contenidos en la Ley General y, de manera com-  b)  Apoyo a la balanza de pagos, hasta S/ 7 042
                  plementaria, diversos temas vinculados a ella.  900 000,00 (SIETE MIL CUARENTA Y DOS
                                                                 MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100
                                 Capítulo II                     SOLES).

                             Disposición general              c)  Defensa Nacional, hasta S/ 50 000 000,00
                                                                 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES).
                  Artículo 3. Comisión
                                                              d)  Orden Interno, hasta S/ 113 900 000,00
                  La comisión anual, cuyo cobro se autoriza al Mi-  (CIENTO TRECE MILLONES NOVECIEN-
                  nisterio de Economía y Finanzas en el artículo   TOS MIL Y 00/100 SOLES).
                  27 de la Ley General, es equivalente al 0,1% so-
                  bre el saldo adeudado de la operación correspon-  e)  Bonos ONP, hasta S/ 107 548 165,00 (CIEN-
                  diente.                                        TO SIETE MILLONES QUINIENTOS CUA-
                                                                 RENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA
                                 Capítulo III                    Y CINCO Y 00/100 SOLES).
                   Montos máximos autorizados de concer-      4.3. El Ministerio de Economía y Finanzas, a tra-
                  taciones de operaciones de endeudamien-     vés de la Dirección General de Endeudamiento
                                                              y Tesoro Público, está autorizado a efectuar rea-
                             to externo e interno             signaciones entre los montos de endeudamiento
                  Artículo 4. Montos máximos de concerta-     previstos en los literales a) de los numerales 4.1
                                                              y 4.2, así como reasignaciones entre los montos
                  ciones                                      previstos en los literales b) de los numerales 4.1
                                                              y 4.2, sin exceder la suma total del monto máxi-
                  4.1.  Autorízase  al  Gobierno  Nacional  para   mo establecido por la presente ley para el endeu-
                  acordar operaciones  de endeudamiento  exter-  damiento externo y el endeudamiento interno,
                  no hasta por un monto equivalente  a US$ 1   según corresponda.
                  421  500  000,00  (UN  MIL  CUATROCIENTOS
                  VEINTIUN MILLONES QUINIENTOS MIL Y           Previamente a la reasignación, debe darse cuen-
                  00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinado a     ta de la misma a la Comisión de Presupuesto y
                  lo siguiente:                               Cuenta General de la República del Congreso de
                                                              la República, indicando los montos y proyectos
                  a)  Sectores económicos y sociales, hasta US$ 1   para su conocimiento.
                      273 500 000,00 (UN MIL DOSCIENTOS SE-
                      TENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS                       Capítulo IV
                      MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).
                                                              Endeudamiento de los gobiernos regiona-
                  b)  Apoyo a la Balanza de Pagos, hasta US$ 72         les y gobiernos locales
                      000 000,00 (SETENTA Y DOS MILLONES
                      Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS).           Artículo 5. Calificación crediticia

                  c)  Orden Interno, hasta US$ 76 000 000,00 (SE-  La calificación crediticia a que se refiere el ar-
                      TENTA Y SEIS MILLONES Y 00/100 DÓ-      tículo 50 de la Ley General se requiere cuando
                      LARES AMERICANOS).                      el  monto  de  las  concertaciones,  individuales  o
                                                              acumuladas, del respectivo gobierno regional o
                  4.2. Autorízase al Gobierno Nacional para acordar   gobierno local, con o sin garantía del gobierno
                  operaciones de endeudamiento interno hasta por   Nacional,  durante  el  Año  Fiscal  2018,  supere


                   Diario de los Debates - 20.  C sesión (vesPertina) 30-11-2017
                                      a
   3   4   5   6   7   8   9   10   11   12   13