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PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2004 - TOMO IV - Diario de los Debates 2699
General de la República, que ponga atención en Educación, que ha constituido un fondo denomi-
las disposiciones complementarias de la propues- nado Fondo Nacional de Desarrollo de la Educa-
ta materia de debate, concretamente en la prime- ción Peruana (FONDEP), el cual, sin embargo,
ra disposición final, donde se establece un con- viene languideciendo por contar con poquísimos
junto muy extenso de ingresos, con el calificativo recursos.
de recursos propios, para la Superintendencia Na-
cional de Administración Tributaria (SUNAT). En ese sentido, quisiera proponer que la SUNAT
comparta esos recursos con el Sector Educación.
Esto significa que, aparte de los recursos finan-
cieros que —como es natural— brinda el Estado Mucho se ha criticado aquí a la SUNAT, al extre-
a ese órgano público recaudador que es la SUNAT, mo de que en campaña algunos candidatos se
hay otros que genera la propia institución. refirieron a ella como “la maldita SUNAT”, por-
que esa institución realmente tiene una partici-
Yo creo, señor presidente de la Comisión de Pre- pación muy importante en cuanto a sus recursos
supuesto y Cuenta General de la República, que propios; y además, un secretismo absoluto en lo
realmente son ingentes y significativos los recur- que respecta al destino de los mismos. Incluso
sos propios que genera esa institución. Por ejem- las escalas remunerativas y los bonos de produc-
plo, constituyen ingresos de la SUNAT el 2,5% tividad, que son absolutamente significativos,
de todos los tributos y aranceles correspondien- constituyen un secreto mejor guardado que la
tes a las importaciones que ésta recaude y/o ad- fórmula de un explosivo atómico.
ministre, cuya recaudación constituya ingreso del
Tesoro Público; el 2% de todos los tributos que En consecuencia, creo que aquí tenemos que ser
recaude y/o administre la SUNAT, excepto los absolutamente conscientes de que esos recursos
aranceles; los ingresos generados por los servi- necesariamente se tienen que compartir con el
cios que presta y las publicaciones que realice, lo Sector Educación.
cual me parece bien; el 50% del producto de los
remates que realice, aparte de los legados, Yo propongo, congresista Calderón Castillo, que
donaciones, transferencias y los provenientes de ese 2,5% de todos los tributos y aranceles corres-
cooperación internacional previamente acepta- pondientes a las importaciones que recaude y/o
dos; el 0,2% de lo que recaude respecto de los administre la SUNAT, que figura en el inciso a)
tributos cuya administración se le encargue y que de la primera disposición final del proyecto de
no constituyen rentas del Tesoro Público; otros Ley de Equilibrio Financiero, se comparta con el
aportes de carácter público y privado; el porcen- Sector Educación, de modo que de ese porcenta-
taje anual que se determine, mediante decreto je por lo menos el 1% se asigne a ese sector, a
supremo refrendado por el Ministro de Econo- través del FONDEP.
mía y Finanzas, previo informe de SUNAT,
EsSalud y de la ONP, con un tope de 2% de todo Respecto del inciso b), que ese 2% de todos los
concepto que administre y/o recaude respecto de tributos y aranceles que recaude y/o administre
las aportaciones al Seguro Social (EsSalud) y a la SUNAT, a excepción de los aranceles, también
la Oficina de Normalización Previsional (ONP), se comparta con el FONDEP, de manera que el
así como de los que se recaude en función de los 1% vaya a ese Fondo y el otro 1% a la propia
convenios que firme la SUNAT con estas insti- SUNAT.
tuciones; y la renta generada por los depósitos
de sus ingresos propios en el sistema financiero. Asimismo, en el inciso e), que establece que cons-
tituyen recursos propios de la SUNAT el 50% del
Señora Presidenta, creo que si tenemos la inten- producto de los remates que realice, se debe con-
ción de lograr una adecuada reasignación de re- siderar el 25% de esos ingresos para la SUNAT y
cursos hacia el Sector de Educación, que, en nues- el otro 25% para el FONDEP. Esto en cuanto se
tro criterio, es absolutamente prioritario, ya no refiere a la primera disposición final del proyec-
vamos a insistir aquí en la necesidad que tiene el to de Ley de Equilibrio Financiero.
país de dotar de herramientas modernas a dicho
sector, porque éstas cuestan, para que pueda for- En lo que respecta a la cuarta disposición final
mar de manera eficiente, competente y acepta- de la propuesta en debate, referida a la conclu-
ble a quienes se capacitan en los diversos niveles sión de las actividades del Fondo de Contingen-
del sistema educativo hasta profesionalizarse. cia creado por Decreto Legislativo N.° 879, en la
parte final de ese dispositivo se señala textual-
Por lo tanto, si estamos en esa línea, se deberían mente que “los recursos remanentes del Fondo
compartir un poco esos recursos con el Sector deberán ser revertidos al Tesoro Público”. En esa
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