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Diario de los Debates - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2003 - TOMO III
guientes de vencido el plazo de su elaboración a dad de analizar globalmente la calidad del gasto
las municipalidades provinciales respectivas. ejecutado con los recursos públicos asignados. La
citada Dirección Nacional norma el inicio del re-
Las Municipalidades Provinciales: gistro, la periodicidad, mecanismos de informa-
ción y demás aspectos relacionados para la ade-
a) Al primer semestre, dentro de los cuarenta y cuada y progresiva implementación de un siste-
cinco (45) días calendario siguientes de vencido ma de seguimiento y evaluación del gasto públi-
el semestre. co a nivel nacional.
b) Anual, dentro de los cuarenta y cinco (45) días Artículo 10.°.— De la evaluación a cargo del
calendario siguientes de vencido el ejercicio pre- Ministerio de Economía y Finanzas
supuestario.
La elaboración de la evaluación presupuestaria
Las municipalidades provinciales remitirán sus agregada, a nivel de Gobierno Nacional, Gobierno
evaluaciones presupuestarias conjuntamente con Regional y Gobierno Local, es efectuada, directa-
la consolidación de las evaluaciones de las muni- mente por el Ministerio de Economía y Finanzas,
cipalidades distritales que integran la provincia, para los períodos y en los plazos siguientes:
bajo responsabilidad.
a. Evaluación Financiera al Primer Semestre,
Las municipalidades provinciales y distritales se dentro de los quince (15) días calendario siguien-
sujetan a los procedimientos que se regulen a tes a la fecha de vencimiento del plazo de remi-
través de la directiva, que para tal efecto emita sión a la Dirección Nacional del Presupuesto Pú-
la Dirección Nacional del Presupuesto Público. blico, a que hace referencia el artículo 9.°, nume-
ral 9.2.
4. Del Presupuesto de las Entidades de Trata-
miento Empresarial a nivel financiero y de me- b. Evaluación Anual Financiera y de metas pre-
tas: supuestarias, dentro de los quince (15) días ca-
lendario siguientes a la fecha de vencimiento del
a) Al primer semestre, dentro de los treinta (30) plazo de remisión de las evaluaciones a la Direc-
días calendario siguientes de vencido el semes- ción Nacional del Presupuesto Público, a que hace
tre. referencia el artículo 9.°, numeral 9.2. Las cita-
das evaluaciones deberán ser publicadas en la
b) Anual, dentro de los treinta (30) días calenda- página web del respectivo pliego.
rio siguientes de vencido el ejercicio presupues-
tario. Las evaluaciones indicadas se remiten dentro de
los cinco (5) días calendario siguientes de venci-
9.2 Las evaluaciones del Gobierno Nacional, Go- do el plazo para su elaboración, a la Comisión de
biernos Regionales, Gobiernos Locales Provin- Presupuesto y Cuenta General de la República
ciales y Entidades de Tratamiento Empresarial, del Congreso de la República y a la Contraloría
y la evaluación consolidada a cargo del CND a General de la República.
que se refiere el presente artículo, se presenta-
rán dentro de los cinco (5) días calendario siguien- Artículo 11.°.— Evaluación de los Ingresos
tes de vencido el plazo para su elaboración a la y Gastos a cargo del Comité de Caja
Comisión de Presupuesto y Cuenta General de
la República del Congreso de la República, la 11.1 La evaluación a cargo del Comité de Caja
Contraloría General de la República y a la Direc- recae sobre los ingresos y egresos de la Fuente
ción Nacional del Presupuesto Público, bajo res- de Financiamiento Recursos Ordinarios, su dis-
ponsabilidad del Titular del Pliego. En dicho pla- tribución y descripción de las operaciones efec-
zo, las Entidades de Tratamiento Empresarial tuadas en el mes. Dicha evaluación se realiza
remiten sus evaluaciones también al Titular del dentro de los quince (15) días calendario siguien-
Sector al cual pertenecen. tes de vencido el mes respectivo.
9.3 Adicionalmente, los Pliegos Presupuestarios 11.2 La evaluación, con el sustento respectivo, se
y sus respectivas Unidades Ejecutoras de los ni- remite a la Comisión de Presupuesto y Cuenta
veles de Gobierno Nacional, Regional y Local re- General de la República del Congreso de la Re-
portan a la Dirección Nacional del Presupuesto pública y a la Contraloría General de la Repúbli-
Público el avance de sus metas presupuestarias, ca dentro de los cinco (5) días calendario de ven-
indicadores de gestión y resultados, con la finali- cido el plazo para su elaboración.
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Diario de los Debates - 33. SESIÓN (VESPERTINA) 30-11-2003
Diario de los Debates - 33. S SESIÓNESIÓN ( (VESPERVESPERTINATINA)) 30-11-2003 30-11-2003
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