Implementación de Sistema de Control Interno.
Se denomina Sistema de Control Interno al conjunto de acciones, actividades, planes, políticas, normas, registros, organización, procedemientos y métodos, incluyendo la actitud de las autoridades y el personal, organizados e instituidos en cada entidad del Estado, para la consecución de los objetivos del Sistema de Control Interno (articulo 3, Ley 28716)
Implementación del SCI, según ejes y pasos a seguir
Para implementar el SCI, las entidades del Estado deben ejecutar los siguientes pasos establecidos por la Directiva 006-2019-CG/INTEG para cada uno de los 3 ejes: