Ley que modifica el artículo 2 de la ley 29785, Ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, reconocido en el convenio 169 de la organización internacional del trabajo (OIT), para implementar procesos de consulta previa, libre e informada para el otorgamiento de concesiones mineras en el territorio de los pueblos indígenas organizados en comunidades campesinas y comunidades nativas
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