Biblioteca del Congreso de la República "César Vallejo"

Legislación sobre Demarcación Territorial - Pallasca

 


Bolognesi / Cajatambo / Cercado de Huaraz / Conchucos / Huari / Huaylas / Pallasca / Pomabamba / Santa / Departamento de Huailas / Departamento de Ancash

 

NORMA DISPOSICIÓN PROMULGACIÓN PUBLICACIÓN OBSERVACIONES
Ley s/n Art. 2° Los pueblos de Lapampa, Corongo, Llapo, Tauca, Cabana, Huandoval, Pallasca, Pampas, Lacabamba, Puyali y Conchucos, sItuados de este lado de los Andes, formarán otra provincia de Pallasca, y cuya capital será la villa de Corongo. 21/02/1861 27/02/1861  
Ley s/n Artículo único.- Elévase la villa de Corongo capital de la provincia de Pallasca, á [sic] la categoría de ciudad. 04/11/1887 12/11/1887  
Ley s/n Artículo único.- Sepárase el caserío de Yuramarca del distrito de Huaylas, perteneciente á [sic] la Provincia del mismo nombre, y se le anexa al de Corongo perteneciente á la Provincia de Pallasca, siendo por consiguiente el indicado río de Santa el que señale el límite natural de ambas provincias. 04/11/1889 09/11/1889  
Ley s/n Art. 1.° Elévase á [sic] la categoría de pueblo con el nombre de "Bolognesi" el caserío de Mormorullo del distrito de Cabana provincia de Pallasca. Dicho pueblo tendrá los siguientes linderos: por el Sur una línea ascendente que partiendo de la afluencia del río "Cabana", sobre el "Chuquicara" pasa por Chacarball, Guayubara, Sanbagol, Malape, Chugurmalca y castillo de Mashgonga y vaya á terminar sobre la laguna de Piticocha; por el Este, otra línea que dejando á la izquierda esta laguna continúa por Guachumachay y callejón de Puchacocha hasta el castillo de Chucana; por el Norte, otra línea que parta de este castillo al de Canaimonte, descienda de aquí por la cima hasta el punto de Tabarmalca, siga por el río de Huandobal y termine en la desembocadura de éste en el Chuquicara; y por el Oeste el indicado río Chuquicara. 21/11/1893 24/11/1893  
Ley s/n Art. único. Elévase á [sic] la categoría de villa el pueblo de Cabana de la provincia de Pallasca, en el Departamento de Ancachs. 07/10/1898 25/10/1898  
Ley s/n Art. único.- Elévase á [sic] la categoría de ciudad la villa de Pallasca, de la provincia del mismo nombre. 07/10/1898 25/10/1898  
Ley s/n Art. único.- Elévase á [sic] villa el pueblo de Tauca, Capital del distrito del mismo nombre en la provincia de Pallasca del Departamento de Ancachs. 07/10/1898 25/10/1898  
Ley s/n Artículo primero.- Créase en la provincia de Pallasca del Departamento de Ancachs el nuevo distrito de "La Pampa" del que formarán parte, el pueblo de este nombre, que será la capital, el pueblo de "Yanac", el caserío de "Yuramarca" y las estancias de Chulloc, Llacabamba, Huayllamas y Ranguas. 21/11/1898 29/12/1898  
Ley s/n Artículo único.- Declárase capital de la provincia de Pallasca, en el departamento de Ancachs, la villa de Cabana. 30/10/1901 28/11/1901  

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