Page 37 - Reglamento del Congreso 2012
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c) La Presidencia.




                          d) La Mesa Diretiva.



                          e) Las Comisiones, que ptiédeTn sir ordinarias, de

                               investigación y especiales.



                     Todos los órganos del Congreso tienen la obligación de

                     proporcionar la información y asuntos sobre los que conocen
                     y asumen competencia a la instkución parlamentaria. La

                     Presidencia o, en su caso, el Vocero de cada órgano, dispone

                     la remisión de la información sobre la labor que desarrollan
                     los órganos que presiden o representan al órgano del servicio

                     parlamentario responsable de centralizar, sistematizar, organizar

                     estadísticamente y publicar dicha información. Los datos se
                     presentan y organizan según las pautas conceptuales y criterios

                     operativos aprobados por la Mesa Directiva, según la propuesta

                     de Oficialía Mayor. La ausencia de dicha implementación
                     técnica no enerva el cumplimiento de la presente norma.
                     (Articulo modificado. Resolución Legislativa del Congreso 025-2005-CA, publicada

                     el 21 de julio de 2006)



                     Servicio Parlamentario

                     Artículo 28. El servicio parlamentario del Congreso cuenta

                     con la organización que reconoce el Estatuto del Servicio
                     Parlamentario, el mismo en el que se define los órganos,,

                     competencias y titulares de la estructura orgánica, así

                     como los términos, condiciones y límites del régimen y la
                     relación laboral del personal y de los cuerpos especializados

                     que atienden y apoyan las funciones parlamentarias



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