Page 505 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La Rebelión de Huánuco de 1812
Alcaldes de los Castillos, casas, fuertes, y llanos, y los de nuestros consejos,
Presidente, y Oydores, Alcaldes, y Alguaciles de la nuestra Casa y Corte, y
Chancilleria, y a todos los Corregidores, Consejeros, Asistentes y Governado-
res Jurados, Caballeros, Escuderos, Oficiales y hombres buenos de estos Rey-
nos, y Señorios de las dichas Yndias, Yslas, Tierra Firme del Mar Occeano, asi
á los que ahora son, y los que serán de aqui adelante, y á cada uno, y qualquie-
ra de ellas en vuestros lugares y jurisdicciones que sobre de ello fueredes re-
queridos que voz guarden, y cumplan, y asi hagan guardár y cumplir á voz y á
los dichos vuestros hijos, y desendientes de ellos, y a cada uno de ellos, la di-
cha merced que a mi voz hacemos a las dichas Armas que las hayan, y tengan
por vuestras Armas conocidas, y voz las dejen, como tales ponér, y tratár voz
a los dichos vuestros hijos, y desendientes de ellos, y cada uno de ellos, y que
en ello, ni en parte de ello embargo, ni contrario alguno vos no pongan ni
consientan ponér en tiempo alguno, ni por alguna manera, sopena de la nues-
tra merced y cada diez mil marabedíes para la nuestra camara a cada uno que
lo contrario hiciere. Dada en la Villa de Vayadolid á nuebe dias del mes de
Mayo año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesu Cristo de mil quinientos
quarenta y cinco años = El Principe = Frgs. Cardinalis Hispalensis = El Doctor
Bernal = El Licenciado Gregorio Lopez. El Licenciado Salinas = Yo Juan de
Camano = Escribano de sus Cesareas Magestades la fize escribir por su man-
dado de Su Alteza = Registrado = Ochoa de Luyando = Chanciller Real de
Zomois = Don Felipe por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon de Ara-
gon, de las dos Cecilias, de Jerusalen, de Navarra, de Granada, de Toledo, de
Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Cordoba, de Cor-
cega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes de Algecira de Gibraltar, de las Yslas
de Canaria, de las Yndias Orientales, y Occidentales, y Tierra Firme del Mar
Occeano, Conde de Flandes.— etcetera — A voz el nuestro Corregidor de la
Ciudad del Cuzco, y vuestros lugares, Tenientes, y otras qualesquiera Justicias
de ella, salud, y gracia, sabed, y sepades que en la nuestra Audiencia, y Chan-
cillería Real que por nuestro mandado reside en la Ciudad de los Reyes de
nuestros Reynos del Perú, ante el Presidente, y Oydores de ella, Don Felipe
Topa Ynga Yupanqui, y Don Gonzalo Pichuhualpa Ynga, é nos hizo relacion
diciendo: Que en la dicha Provincia, hay muchos nietos, y visnietos de Topa
Ynga Yupanqui, que viven en ella, y se sustentaban de algunas chacras, y tie-
rras que les dejaron sus padres, los Caciques, y Principales de esas Provincias
donde viven, los hacen tributarios, y los compelen, que bayan á coger coca, y
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