Page 443 - La Rebelión de Huánuco. Vol 5
P. 443
Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Túpac Amaru II
[ilegible] que habia para el pago de senso [ilegible] ni se le habia entregado
al mayordomo en la que la Cofradia y en el dia ignoro el merito que hubiese
dado para hacer dicho embargo, [ilegible] a la recta justificacion de Vuestra
Señoría para que se me restituyan los dichos bienes por ser yo un pobre car-
gado de familia que vivo constituido a una suma pobreza y horfandad, y muy
lejos de qualquier motivo que me pueda imaginar por tanto.
A Vuestra Señoría pido y suplico se sirva determinar lo que fuere de su
superior agrado.
Lázaro Ascanio Achapari (Rubricado).
En cumplimiento del Superior Decreto antecedente puse preso en la
Real Carcel a Lazaro Azcanio y su hermano por orden verbal de Su Señoria, lo
que pongo por diligencia para que conste. Huanuco 22 de junio de 1812.—
Jose Pitot (Rubricado).
Huanuco 22 de Junio de 1812.
Vista la diligencia que antecede reengarguese la prisión de Lazaro, y
Severino Azcanio al Alcalde de la Carcel, y fecho tomeseles sus confesiones.—
Gonzales (Rubricado). Travitaso (Rubricado). Ante mi: Nicolas Am-
brocio de Ariza (Rubricado).
(Al margen)
Diligencia.
Inmediatamente yo el Escribano pase a la Real Carcel de esta Ciudad
y notifiqué la prision y guarda de los contenidos Lazaro y Severino Azcanio al
Alcaide de ella doy fe.
Ariza (Rubricado).
En la Ciudad de Huanuco en veinte y tres de junio de mil ochocientos
dose hizo Su Señoria comparecer a un hombre preso por causa de sublebacion
a quien por ser indio, no obstante de ser ladino a presencia del Protector par-
tidario e interpretacion de Don Santos de la Vega que aceptó y juro el cargo
442