Page 397 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
La rebelión de Huánuco de 1812
Sillapata, en el puente de Pachas, a donde vino Pio Miraval con otro que no
conoce el que declara, y tampoco oyó lo que hablaron por que estaba retira-
do á un lado en el canto del rio, que llegaron á Aguamiro, y robaron aquel
vecindario; y despues pasaron a Llata, en donde hicieron el mismo saqueo, y
mataron a Rafael Mariño, y despues amarraron al rollo, á N. Reyes, indio de
Aguamiro, á quien le dió una puñalada Pablo Domingo, del Pueblo de Marias,
y haviendo dicho el Capitan Haro, que lo degollaran, lo hiso el que declara con
un cuchillo que llevaba, y luego se retiró el que declara, y ál poco rato, todos,
para su pueblo, llevando los robos, y responde.
Pregunta si sabe alguna otra cosa, lo diga y esprese que dijo: Que los
demas pueblos tambien llevaron quanto encontraron asi de bacas, mulas, ye-
guas y otras especies del pueblo, y responde que lo que lleva dicho y declarado
es la verdad so cargo del juramento que fecho tiene, en el que se afirmó, y rati-
ficó, haviendole leido y explicada por los interpretes esta su Declaracion, que
la entendió clara, y distintamente en su idioma, y por no saber firmar lo hiso
por el Don Toribio Figueroa, y dijo ser de edad de treinta y seis años; y yo lo
hice con el Protector y testigos de mi asistencia á falta de Escribano.
Mais y Arcas (Rubricado). Por Julian Ortega. Toribio Figueroa (Rubri-
cado). Urbano Zugasti (Rubricado). José de Eguizabal (Rubricado). Manuel
Huete (Rubricado). Testigo: Miguel de Yrazoqui (Rubricado).
Manuel de Zevallos (Rubricado).
Protector
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(Al margen)
Pablo Domingo - Vease a fojas 61 buelta.
Quaderno 2°.
En este Pueblo de Pachas, en veinte y cinco dias del mes de Abril de
mil ochocientos y dose años en virtud del auto que antecede y para tomarle
su confesion hice traer de la Real Carcel á un indio, á quien por medio de los
Ynterpretes y á presencia del Protector de Naturales, se le explicó la religion
del juramento que lo hiso por Dios Nuestro Señor y una Señal de Cruz, segun
derecho bajo el qual prometió decir verdad en lo que supiere, y fuere pregun-
tado, y siendolo al tenor de las preguntas siguientes:
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