Page 205 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
                    Juan de Dios Gallardo Gonsales (Rubricado).
                    Secretario.


                    Señor Governador Yntendente
                    El Protector de Naturales ha nombre de Don Antonio Ambrocio Al-
            calde del Pueblo de Chavinillo, resorte del Partido de Huamalies, Juan Basilio
            por si, y a nombre de su Comunidad, puesto a los pies de Vuestra Señoría con
            mi mas profundo respeto paresco, y digo = Que con la solennidad necesaria
            hago demostración de todo los papeles seductivos, que se le han dirigido a mi
            parte el comun, á efecto de pretender hacer los insurgentes en la inmediata
            insurreccion; sin embargo á ellos, ya que por las instigaciones de los Pueblos
            de Chupan, Maria, y Chuquis, como fragiles miserables fueron hasta Agua-
            miro con el designio de entrar en accion unidos a los susudichos, luego que
            conocieron el crimen a que se esponian, regresaron a sus casas sin haserle mál
            á nadie, ni menos han herido, o pensado separarse del amor, y fidelidad que
            deben tener a su lejitimo Rey el Señor Don Fernando VII, y a las Autoridades,
            que a su nombre goviernan éstos Dominios.
                    En consequencia á esto ya que conocen el hierro tan infame, y horri-
            ble, que empesaban á cometer de que imploran indulgencias, mediante á no
            haber hecho daño á nadie, y á que protextan la mayor obediencia á los presec-
            tos de Vuestra Señoria de sus Magistrados Regios, y Proseres, Inferiores, y que
            por consiguiente luego que llegue a su noticia otro igual caso, lo denunciaran;
            ocurren á la piedad de Vuestra Señoria á fin de que, mandando recibir suma-
            ria informacion de lo que se relata, y resultando de ella lo mismo que exponen,
            se les ábsuelba en virtud de sus protextas de qualquiera culpa que pudiera
            sobrevenirles: Para este fin.
                    A Vuestra Señoria pido, y suplico se sirba mandar que por la persona
            que sea del Superior Arbitrio de Vuestra Señoría se formalisen el correspon-
            diente respectivo Espediente, y resultando de él lo mismo que se expone, por
            un efecto de equidad merescan mis partes la absolucion de sus yerros: Merced,
            que esperan alcanzar de la piadosa grandeza de Vuestra Señoría Etc.
                    José de Binia (Rubricado).

                    Pachas y Abril 5 de 1812.
                    Por recibido como Superior Decreto del Señor Governador Intenden-
            te y papeles que lo acompaña; y respecto á que al mismo tiempo de su llegada



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