Page 199 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Nueva Colección Documental de la Independencia del Perú
             La rebelión de Huánuco de 1812
            hiciese declarar a los testigos en mi oposición, y como ellos fuesen los mas mis
            deudores, y otros reprendidos por mi con asperesa y cristiano celo por su falta
            de Religión é inhumana inaudita de haver enterrado viva a María Bartola por
            que les aconsejaba no se sublebasen, y por que decían que era Protectora de
            los Europeos. De aqui es que a poco influjo declararon contra mi, por liver-
            tarse de mis sensuras, y por eximirse del pago que justamente me devian, por
            ovenciones propias de mi Ministerio, y socorros que liveralmente les hacía,
            por lo que y estando probado en la que tengo dada ante Vuestra Señoría, que
            los mas del Pueblo son mis deudores y las reprenciones con que han sido hos-
            tigados por mi se convense que ellos declararon en mi odio por verse libre del
            pago y de mis continuadas reprehensiones.
                    Que yo les huviese dicho se alsasen y que acabasen con los Chapetones
            por que era orden de su Rey Casteli que venia a fabor de la Nación Yndica,
            y de que de aqui resultó el alsamiento tambien en la misma prueva está con-
            cluido de falso, como es de verse en ella y principalmente por un oficio del
            Subdelegado de Huamalies dirijido que corre en autos en la defensa de Don
            Domingo Berrospi en que le previno no actuase la Comición de Vuestra Seño-
            ría que fue alli contra el, por que Chupan, Choras, y Obas estaban negados a
            la ovediencia de la justicia, lo que ocurrió en el mes de Enero del presente año
            con distancia de tres meses poco menos a la suverción de los Pueblos, de que
            se deduce nesesariamente que vió mis pesimos supuestos concejos y por la
            incomodidad en que los Pueblos se hallaban por el rrigor y la tirania con que
            se le cobraba lo que el Subdelegado devía pues llegó el caso de que por carecer
            de todo alimento en fuerza de la miseria se viesen muchos precisados a comer
            yerbas considas con agua como es publico en aquel Partido y lo Juro in vervo
            sacerdotis pectore tacto·
                    En el proceso mismo resulta provado cumplidamente y con las mas
            relevante prueva que pasaron de aquel Partido muchos Emisarios del Pueblo
            de Cani; que llegaron multiplicadas ordenes de Juan José Castillo, titulado Ge-
            neral para que todos los Pueblos se sublebasen, persiguiesen y acabasen con
            todos los Chapetones, y constando esta verdad por todo el Proseso, en valde
            se me culpó de promovedor de la cedición como temerariamente se ha echo,
            y sin temor a Dios ni a la justicia, y sin embargo de la citada prueva dada ante
            Vuestra Señoría que presento y juro resulta convencido que yo no contribuí a
            la sublebación en modo alguno; pues aora que aparece que yo no estuve en el





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