Page 154 - La Rebelión de Huánuco. Vol 4
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Volumen 4
                                 Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huamalíes
                    Aguamiro y Junio de 1812.
                    Obedeciendo al Superior Decreto del Señor Governador Yntendente
            que antesede hisse Compareser en mi Jusgado á Don Ambrocio Llanos de
            quien recibi Juramento que lo hizo a Dios Nuestro Señor y a una Señal de
            Cruz segun forma de derecho bajo el qual ofrecio decir verdad en lo que su-
            piese y le fuere preguntado y habiendolo sido al Tenor del Ynterrogatorio dijo.
                    (Al margen) 1a.
                    A la primera pregunta = Que es cierto que en una Junta que celebraron
            los Ynsurgentes en el Pueblo de Llata nombraron de Subdelegado en primer lugar
            al Capitan Don Manuel Ceballos y de segundo á Don Pio Mirabal y responde.
                    (Al margen) 2a.
                    A la segunda pregunta dijo que es cierto que Don Pio Mirabal tomó las
            armas contra los Ynsurgentes y lo bio en el Puente de Pachas combatiendose
            contra los enemigos que intentaban ganar aquel paso que era el mas interezan-
            te para sus designios. Que asimismo le consta al que declara que dicho Don
            Pio Mirabal subministró a los vecinos leales todos los alimentos necesarios
            para la defensa del Puente de Pachas y de el de Colpa y responde.
                    Que todo lo que lleba declarado es la verdad bajo el Juramento que tie-
            ne fecho en el que se afirmó y ratificó siendole leyda esta su declarasion — que
            no le tocan las generales de la Ley que pasan de quarenta cinco años de edad y
            lo firmó conmigo y testigos — a falta de Escrivano.—
                    Ramon Hernandez (Rubricado). Ambrocio Llanos (Rubricado). Josse
            Carrillo (Rubricado).

                    (Al margen) copia.
                    Huanuco primero de Junio de ochocientos doce = Los testigos que
            esta parte precentare Juren y Declaren al tenor de este Ynterrogatorio como se
            pide: Y a los otros si es prebengase al Comicionado para las ratificaciones que
            las ebaque en lugar distinto de Pachas con nombramiento de otros Yntérpre-
            tes que no sea Don Manuel Guete; para cuio efecto decele Testimonio a esta
            parte del precente Decreto para que a su quenta y riesgo se le manifieste a Don
            Ramón Hernandes, vajo de apercivimiento de que en no haciendolo así le pre-
            para el perjuicio que subiese lugar = Gonsales = Antonio Nicolas Ambrocio
            de Ariza = Ynmediatamente yo el Escrivano pasé al Quartel de Granaderos,
            donde se halla preso Pio Mirabal a quien le ley e hice saver el Superior Decre-
            to Marginal de este Ynterrogatorio que en su persona que lo hoyó y entendio



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