Page 566 - La Rebelión de Huánuco. Vol 2
P. 566
Volumen 2
Autos seguidos sobre el descubrimiento de los autores de la rebelión de Huánuco
pues hasta los cañones los havia hecho cargar con tierra, con cuyo motibo se
alvorotaron los Yndios, que se hallaban en ese circulo. Que esta es la verdad por
el juramento fecho; que no le comprehenden los generales de la Ley, y diciendo
ser de edad de treinta y dos años, lo firmo con Su Señoria de que doy fee.
Josef Gonsales de Prada (Rubricado).
Asencio Thalancha (Rubricado).
Mariano Flores (Rubricado).
Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado),
Escribano de Su Magestad.
Ynmediatamente hiso comparecer Su Señoria al Presbitero Don Fer-
nando Berrospi, aquien por ante nosotros le recivio juramento que lo hizo in
verbo sacerdotis tacto pectore, vajo del qual ofrecio decir verdad en lo que su-
piere y fuere preguntado, y siendole leida su declaracion de fojas dixo: que se
afirma y ratifica en todas sus partes, sin quitar, ni añadir. Que esta es la verdad
vajo del juramento fecho, que no le comprehenden las generales de la Ley, y lo
firmó con Su Señoria de que doy fee.
Josef Gonzales de Prada (Rubricado).
Fernando Berrospi (Rubricado).
Mariano Flores (Rubricado).
Antemi Nicolas Ambrocio de Ariza (Rubricado).
Escribano de Su Magestad.
Concecutibamente hiso Su Señoria comparecer a Don Domingo Be-
rrospi, a quien le recivio juramento que lo hizo por Dios Nuestro Señor y una
señal de Cruz, vajo del qual ofrecio decir verdad en lo que supiere, y fuere
preguntado, y siendolo leida la cita que hace el Padre Villavisencio, dixo: que
es cierta de igual modo que el que, el cura de Chavin de Pariarca, puso nuebo
oficio al comandante Santalla avisandole del riesgo, y dejando a su arvitrio la
eleccion de entrar uno a la ciudad, por que el mismo fue de parecer que no
se le dijese tan claro del riesgo que havia, para que no jusgase infidencia, que
parte del declarante que dirigia el oficio, a cuyo dictamen accedio por acertar.
Que esta es la verdad por el juramento fecho, que no le comprehenden las ge-
nerales dela Ley, y diciendo ser de edad de quarenta y ocho años lo firmó con
Su Señoria de que doy fee.
565